Reforma laboral: En qué consiste la nueva licencia de matrimonio remunerada
El artículo, que ya fue aprobado, dará introducción a una licencia matrimonial que tendrá que ser remunerada por parte de los empleadores.
En días cruciales para la Reforma Laboral presentada por el Gobierno Petro y ad-portas de su aprobación total, la Cámara de Representantes dio vía libre, este 17 de octubre, al artículo que crea la licencia de matrimonio, la cual pretende que empleados, que contraigan matrimonio civil o religioso, reciban tres días hábiles, los cuales deberán ser remunerados por sus empleadores.
La Presidencia de la República celebró el hecho y aseguró que esta licencia será obligatoria “independiente de la modalidad de contrato” de cada trabajador. Sin embargo, este el primer paso, pues este apartado del articulado está sujeto a aprobación del Senado de la República, en el que aún faltan dos debates.
Pasos para aplicar a la licencia matrimonial
Dentro de las condiciones para acceder al beneficio, se expresa que la licencia podrá tener lugar durante los 30 días posteriores a que se hayan contraído nupcias.
Para poder aplicar, los empleados deberán avisar con 30 días de anticipación a sus empleadores y presentar el registro civil de matrimonio o el documento que demuestre la unión marital de hecho. Esta licencia sólo aplicará en caso de un primer matrimonio que se haya registrado, pues la ley argumenta que no habrá más días remunerados en caso de una segunda o tercera unión.
¿En qué va la Reforma Laboral?
El articulado fue aprobado en su totalidad con 93 votos a favor y apenas 13 en contra. Ahora, la iniciativa del Gobierno está a la espera, pues le quedan dos debates en el Senado de la República.
Dentro de los artículos que se han recibido con positivismo por parte de los legisladores se encuentra el contrato del aprendizaje para estudiantes del SENA, en el que se dará una remuneración de un salario mínimo.
Además, la aprobación de la jornada diurna hasta las 7:00 p.m., la flexibilidad de horarios y modalidades de trabajo para las personas con responsabilidades familiares de cuidado y la celebración de contratos a término fijo no mayor a cuatro años y por escrito.
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