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PENSIONES

¿Quién puede jubilarse con 1.000 semanas cotizadas?: descubre la evolución de la pensión en Colombia

A partir de 2037, las mujeres deberán cumplir un requisito de edad de 57 años y un período mínimo de cotización de 1.000 semanas.

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Hasta hace unos días, la normativa colombiana establecía que para acceder al sistema de jubilación los empleados deben haber realizado una cotización en el sistema de fondos de pensiones público y privado durante al menos 1.300 semanas, es decir, alrededor de 26 años. Además, los cotizantes debían cumplir un requisito de edad que en el caso de las mujeres es de 57 años y, en el caso de los hombres, es de 62 años.

Sin embargo, este requisito fue modificado por orden de la Sala Plena de la Corte Constitucional y, a partir de los próximos dos años, las semanas serían reducidas para las mujeres. De acuerdo con el alto tribunal, la cotización exigida pasará de 1.300 semanas a 1.000, lo que equivale a un poco más de 19 años.

Esta decisión surge luego de que el alto tribunal examinara una demanda al Artículo 9 de la Ley 797 de 2003, que presuntamente “desconocía el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez”.

¿A partir de cuándo disminuirá la cotización de semanas en las mujeres?

Esta nueva medida sería implementada a partir del 1 de enero de 2026: durante ese año serán reducidas 50 semanas y el requisito pasará a una cotización mínima de 1.250 semanas. Gradualmente el tiempo será reducido en 25 semanas cada año, de modo que para 2037 las mujeres puedan jubilarse con 1.000 semanas cotizadas y con una edad de 57 años. Tenga en cuenta, sin embargo, que si un cotizante sobrepasa el tiempo exigido este dinero no le será desembolsado:

Las cotizaciones efectuadas a partir del porcentaje máximo del 80% no se computan, ni procede su devolución, en virtud del principio de solidaridad expresado en ese tope porcentual, sobre el límite de salarios mínimos a los que puede llegar el monto de la prestación pensional (25 salarios mínimos legales mensuales vigentes) otorgados por el Sistema General de Pensiones”, señaló la Sala Plena.

Antes de 2037, por lo tanto, ninguna persona podrá pensionarse con un mínimo de 1.000 semanas a menos de que acceda a una pensión anticipada, que requiere de un pago adicional al fondo de pensiones, o si se solicita un retiro programado que permite a los cotizantes solicitar el ahorro acumulado.

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