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DÍA SIN CARRO Y SIN MOTO

¿Qué pasa si tengo pico y placa en el Día sin Carro? ¿Puedo circular?

El día sin carro y sin moto sacará de las calles a más de dos millones de vehículos de circulación, esto ayudará a mejorar la calidad del aire.

¿Qué pasa si tengo pico y placa en el Día sin Carro? ¿Puedo circular?
Colprensa

El próximo jueves 1 de febrero se hará en Bogotá una jornada del Día sin Carro y sin Moto. Este será la primera actividad del estilo en el año y buscará sacar de las calles a más de dos millones vehículos. De esta manera se mejorará la calidad del aire en la ciudad.

La jornada iniciará a las 5 de la mañana y se extenderá hasta las 9 de la noche. Durante estas horas estará restringida la circulación de vehículos y motos particulares, por lo que se recomienda que las personas que deban movilizarse en el día lo hagan haciendo uso del transporte público, bicicletas o caminando.

“Este Día es una oportunidad para probar y descubrir medios de transporte sostenibles como caminar, la bicicleta o el transporte público, y las ventajas que su uso ofrecen tanto para la persona como para la ciudad. La sola infraestructura no modifica los hábitos de las personas, esta jornada sirve para que las personas descubran que hay otras maneras de moverse en la ciudad diferentes al carro”, señaló la secretaria de Movilidad, Claudia Díaz.

¿Qué pasa si tengo Pico y Placa en el Día sin Carro?

Las restricciones aplican para todos los vehículos particulares independientemente de si tienen Pico y Placa o no. En el caso de que alguien haya adquirido el permiso del Pico y Placa solidario, se le hará el reembolso correspondiente al día. Las únicas excepciones para la restricción son las siguientes:

  • Vehículos eléctricos o cero emisiones, incluyendo motocicletas.
  • Transporte para personas con discapacidad.
  • Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Transporte vinculado a servicios públicos domiciliarios.
  • Transporte escolar.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos con capacidad de más de 10 pasajeros.
  • Transporte público.
  • Vehículos de emergencia.
  • Carrozas fúnebres.
  • Destinado al control de tráfico.
  • Transporte de valores.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos Militares, de Policía Nacional, de Organismos de Seguridad del Estado y CTI seccional Bogotá.
  • Vehículos diplomáticos o consulares.
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos destinados para el control operacional y mantenimiento del SITP.
  • Control de emisiones.