Caracol Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

REFORMA PENSIONAL

¿Qué es el régimen de transición?: así afectaría a determinados grupos

Conozca cuál es el segmento poblacional que puede quedar por fuera de las nuevas reglas en materia pensional.

Actualizado a
REFORMA PENSIONAL
COLPRENSA

Aunque el pasado martes 23 de abril, la plenaria del Senado aprobó la reforma que busca modificar el sistema pensional del país por medio del proyecto promovido por el Gobierno Nacional de Gustavo Petro, aún le hace falta pasar por dos pruebas en la Cámara de Representantes y la Corte Constitucional para que pueda convertirse en ley.

En caso de pasar los debates que le quedan en la Cámara de Representantes, el Alto Tribunal será quien tenga la última palabra para poder implementar los cambios propuestos en la reforma pensional. Sin embargo, uno de los temas con mayor importancia tiene que ver con el régimen de transición, que definirá al segmento poblacional que puede quedarse por fuera de la aplicación de la nueva normativa en materia pensional y continúe bajo el régimen actual.

¿Qué es el régimen de transición?

De acuerdo con Colpensiones, el régimen de transición es aquel en el que se respetan las condiciones de edad, tiempo y monto del régimen al cual se encontraba afiliada la persona con anterioridad a la entrada en vigencia del Sistema General del Pensiones (SGP), creado por medio de la Ley 100 de 1993.

Cabe mencionar que dicho sistema entró en vigencia a partir del 1 de abril de 1994 para los trabajadores del sector privado y del sector público nacional, para los trabajadores del sector público territorial la fecha está contemplada entre el 1 de abril de 1994 y el 30 de junio de 1995 según lo dispuesto por el respectivo Gobernador o Alcalde.

¿A qué personas les aplican las nuevas condiciones?

Con lo aprobado hasta el momento de la reforma pensional, los ciudadanos que actualmente tengan cotizadas 750 semanas en el caso de las mujeres y 900 en los hombres, se les continuará aplicando lo que determina la Ley 100, es decir, que se mantendrán con el régimen actual y podrán jubilarse con las reglas actuales.

Según la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, “esta reforma defiende el ahorro de la gente. Hemos logrado avanzar para que Colombia tenga un sistema de protección a la vejez”, dijo al termino de la votación de los últimos 23 artículos que estaban pendientes por debatir el pasado 23 de abril.

Cabe mencionar que entre los artículos aprobados se encuentra el que fija un umbral de 2,3 salarios mínimo para cotizar en Colpensiones. De hecho, todos los trabajadores tendrán que cotizar hasta 2,3 salario en el régimen público y los recursos obtenidos irán a cualquiera de los dos fondos privados.

Además, también entre el que determina que la administración del fondo de ahorro público de las pensiones será administrado por el Banco de la República y no por Colpensiones, como se había mencionado en primera instancia.

Sigue el canal de Diario AS en WhatsApp, donde encontrarás todo el deporte en un solo espacio: la actualidad del día, la agenda con la última hora de los eventos deportivos más importantes, las imágenes más destacadas, la opinión de las mejores firmas de AS, reportajes, vídeos, y algo de humor de vez en cuando.

Normas