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ECONOMÍA

¿Puede aplicar al subsidio de transporte si vive cerca al trabajo?

Conozca cuáles son los criterios establecidos por la normativa colombiana para acceder a este auxilio que busca reducir el gasto de los empleados.

Aumento del pasaje de Transmilenio. Conozca cuánto sube y desde cuándo aplicará el incremento en la tarifa del sistema de transporte público de Bogotá.
COLPRENSA

Luego de acordar el porcentaje de aumento que se le aplicaría al salario mínimo durante este año, el Ministerio de Trabajo publicó un comunicado en el que reveló que el monto establecido para el auxilio de transporte de 2024 sería de $162.000. Este incentivo, que tiene el objetivo de impulsar a los ciudadanos a trabajar en la formalidad, es adquirido mediante la vinculación a un contrato laboral.

De acuerdo con la información expuesta por la cartera dirigida por Gloria Inés Ramírez, “el auxilio de transporte es una prestación a favor de los empleados que ganan hasta 2 salarios mínimos mensuales, cuya finalidad es la de ayudarlos con los gastos del transporte desde la casa al sitio de trabajo”. Es decir, es una iniciativa que pretende reducir los gastos de las familias colombianas y proteger su economía.

¿Cuánto debo ganar para recibir el subsidio de transporte?

Para este año, el subsidio de transporte registró un aumento de 15 puntos porcentuales en comparación con el monto de 2023, según reveló el Gobierno de Gustavo Petro. Sin embargo, de acuerdo con la normativa colombiana, este monto puede ser cobrado a las compañías o empleadores únicamente por los trabajadores que, para 2024, ganen menos de 2.600.000.

Ahora bien, no todos los empleados que devenguen menos de dos salarios mínimos y sean trabajadores dependientes pueden exigir el subsidio de transporte. Las empresas están en la obligación de pagar esta suma si no suministran servicios de movilización a sus empleados y siempre y cuando el trabajador no esté en vacaciones, suspendido o en licencia, de acuerdo con lo anunciado por el Departamento Administrativo de la Función Pública.

De hecho, según la Corte Constitucional “no hay lugar al auxilio si el empleado no lo necesita realmente, como por ejemplo cuando reside en el mismo sitio de trabajo o cuando el traslado a éste no le implica ningún costo ni mayor esfuerzo o cuando es de aquellos servidores que no están obligados a trasladarse a una determinada sede patronal para cumplir cabalmente sus funciones”.

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