Procuraduría destituye por 12 años a funcionario de Migración Colombia por agresión física
Por medio de un fallo de primera instancia la Procuraduría informó la destitución de Jaime Alonso Sánchez Cárdenas por abuso de su cargo al agredir a un colombiano.
La Procuraduría General de la Nación tomó la decisión de destituir e inhabilitar por un periodo de más de 12 años al funcionario de Migración Colombia, Jaime Alonso Sánchez Cárdenas, por una agresión física al usuario Juan Ramón Camarillo, quién se encontraba realizando una fila dentro del aeropuerto internacional El Dorado.
Esta situación sucedió el 24 de noviembre de 2022, cuando Juan Camarillo se encontraba en inmigración y le hace una serie de preguntas al funcionario sobre unos problemas que presentaba la máquina de identificación biométrica, pero en vez de recibir una respuesta verbal, terminó recibiendo una serie de golpes.
Por medio de un video quedó registrado como el funcionario de Migración Colombia le pegó una patada causando lesiones en el rostro y la pierna izquierda al ciudadano colombiano, obteniendo así una incapacidad médica legal de cinco días.
¿Por cuánto tiempo la Procuraduría destituye a funcionario de Migración Colombia por agresión física?
Por medio de un fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilito a Jaime Alonso Sánchez Cárdenas por 12 años y 5 meses por agresión a un usuario que se encontraba en haciendo una fila en el aeropuerto internacional El Dorado de Bogotá.
La entidad que emitió el fallo estableció que el funcionario habría abusado de su cargo para agredir a un colombiano que solo le solicitó ayuda para poder acceder al registro biométrico y así poder ingresar al país.
“Para el Ministerio Público, el disciplinado infringió su deber de tratar a las personas con respeto, al quebrantar injustificadamente los deberes que le fueron asignados como servidor, afectando los valores o principios de la función pública, y la consecución de los fines del Estado”, informó el boletín 635 - 2024 de la Procuraduría.
Además, agregó que, “la falta del sancionado fue calificada como falta gravísima cometida a título de dolo. Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento”.
En dicho comunicado se informa que la Procuraduría Delegada de Juzgamiento 3 determinó que será “tenido en cuenta los términos de suspensión provisional decretados” que fueron de tres meses para el cumplimiento del término de la sanción que le fue impuesta.
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