Nueva crisis salarial: tribunal frena otro aumento del mínimo en Colombia
Esta no es la primera vez que el tribunal suspende o anula el aumento del sueldo básico en el país.


Al cierre de la semana pasada, el Consejo de Estado de Colombia anunció que suspendería de manera temporal el decreto a través del que el Presidente Gustavo Petro fijó el incremento del salario mínimo mensual vigente de este año en $1.750.905. De acuerdo con los argumentos presentados por el alto tribunal, está decisión fue adoptada luego de que se evaluaran los criterios en los que se basa este incremento del 23,7%.
Pese a que este hecho generó polémica en la opinión pública y provocó en rechazo del Gobierno Nacional, esta no es la primera vez que el Consejo de Estado adopta una medida de este tipo: en 2017, el tribunal suspendió el Decreto 2552 de 2015 a través del que el Presidente Juan Manuel Santos Calderón fijaría el sueldo básico de los trabajadores colombianos para 2016.
En este caso, el aumento del salario mínimo se había fijado en siete puntos porcentuales y fue declarado nulo por el Consejo de Estado dado que, al parecer, el Gobierno de Santos no justificó con suficiencia técnica las variables económicas utilizadas para determinar el aumento, tanto así que el incremento fue calificado como ‘insuficiente’, contrario a lo que sucede actualmente con el Gobierno Petro.
Ahora bien, a diferencia de la situación de 2017, cuando la anulación judicial no tuvo efectos retroactivos sobre los salarios ya pagados, la actual suspensión al Gobierno Petro, que aún no elimina de manera definitiva el decreto original, pone en un limbo jurídico la aplicación del aumento del 23,7% hasta que se expida un nuevo decreto transitorio.

¿Qué pasará con el salario mínimo en Colombia?
La determinación anunciada por el Consejo de Estado obliga al ejecutivo a expedir un nuevo decreto. Este recurso, sin embargo, deberá ser presentado en un plazo máximo de ocho días y deberá contener los fundamentos legales exigidos por la legislación colombiana para implementar el incremento del salario mínimo.
La decisión judicial, de hecho, fue adoptada después de las múltiples denuncias que recibió el alto tribunal y bajo el argumento de que el Gobierno de Gustavo Petro no sustentó adecuadamente el cálculo del incremento conforme a los parámetros legales exigidos por la Ley 278 de 1996.
De acuerdo con el Consejo de Estado, el decreto presentado por el ejecutivo incorporó conceptos como el ‘salario mínimo vital’, que a pesar de que busca promover un sueldo básico digno impulsado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), no se ajusta a los criterios cuantificables definidos por el marco jurídico colombiano. Estas variables, según el tribunal, carecieron de una base económica verificable, como mediciones de productividad, inflación, crecimiento económico o aportes al PIB, lo que debilita su carácter jurídico.
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De hecho, después de conocerse la decisión del tribunal, el presidente Gustavo Petro afirmó que respetará la determinación judicial a pesar de que no está de acuerdo con ella. Según las declaraciones del primer mandatario colombiano, su administración actuará de acuerdo con los parámetros de la Constitución, por lo que buscará explicar ante el Consejo de Estado las razones por las que desde su gobierno se decretó un aumento del 23,7%.
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