Ni aprobar todo basta: la condición oculta para graduarse en Colombia
Aunque la ley colombiana obliga a los colegios a enseñar al menos un idioma extranjero, este requisito es una barrera para que los estudiantes se gradúen.


Cada año, miles de jóvenes colombianos se preparan para recibir su diploma de bachiller al completar el grado undécimo. Sin embargo, pocos conocen con exactitud cuáles son los requisitos legales que deben cumplir para lograrlo. Uno de ellos es la enseñanza de lenguas extranjeras. ¿Es obligatorio hablar inglés para graduarse del colegio en Colombia? En este artículo le contamos todo lo que debe saber.
A través de la la Ley 115 de 1994, conocida como la Ley General de Educación se establecen los principios y objetivos del sistema educativo colombiano en concordancia con el artículo 67 de la Constitución Política, el cual reconoce la educación como un derecho fundamental y un servicio público que tiene funciones sociales.
Dentro de esta ley, el artículo 22 define los objetivos específicos para la educación básica secundaria, que comprende los grados sexto a noveno, así como para la educación media, correspondiente a décimo y once. Entre las competencias que los colegios deben garantizar, se menciona expresamente la capacidad de comprender y producir textos complejos en lengua castellana, tanto orales como escritos.
Sin embargo, en esta normativa se encuentra un punto que llama especialmente la atención: el literal I dispone que las instituciones deben fomentar en sus estudiantes la comprensión y la capacidad de comunicarse en una lengua extranjera.

¿El bilingüismo es una exigencia en Colombia?
Tras la aprobación de la Ley 1651 de 2013, también conocida como la Ley de Bilingüismo, se realizaron algunos ajustes a la Ley General de Educación en materia de idiomas. Con esta modificación, quedó establecido que los estudiantes deben desarrollar habilidades de conversación, lectura y escritura en al menos una lengua extranjera a lo largo de su formación escolar.
A nivel general, el idioma que predomina en la gran mayoría de colegios del país es el inglés, aunque algunas instituciones, especialmente las de carácter privado o con enfoques bilingües, incluyen una segunda lengua adicional como el francés, el alemán o el mandarín. El nivel de dominio que alcanzan los estudiantes, sin embargo, varía según el tipo de institución, los recursos disponibles y la calidad del cuerpo docente.
Aquí es donde la confusión suele ser mayor. Aunque la ley obliga a los colegios a ofrecer formación en una lengua extranjera como parte integral del currículo, esto no equivale a decir que un estudiante quede automáticamente impedido de graduarse si no alcanza un nivel determinado de dominio en ese idioma.
La obligación principal, según el marco legal vigente, recae sobre las instituciones educativas, no sobre los alumnos de manera individual. Son los colegios quienes deben garantizar que la enseñanza del idioma extranjero esté contemplada en su plan de estudios y que los estudiantes tengan acceso a esa formación durante toda su trayectoria escolar.
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Por tanto, si un colegio evalúa el inglés como asignatura dentro de su malla curricular, como ocurre en la mayoría de los casos, reprobarlo de manera reiterada sí podría afectar el proceso de graduación del estudiante, al igual que cualquier otra materia.
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