Ni al carbón, ni a los licores: estos son los impuestos que quedan sin efecto después de la decisión de la Corte Constitucional
El alto tribunal frenó en seco la medida que impactaba a sectores de energía, consumo y patrimonio.


El pasado 29 de enero, la Corte Constitucional decidió suspender, de manera provisional, el decreto de emergencia económica con el que el Gobierno buscaba impulsar el aumento del recaudo y cubrir el déficit fiscal de 2026. La decisión, que no es definitiva, congela la aplicación de nuevos impuestos mientras el alto tribunal estudia el fondo del caso.
El decreto había sido expedido tras el hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso y buscaba recaudar entre 11 y 16 billones de pesos adicionales para financiar el presupuesto del próximo año.
Con la decisión judicial, varios tributos que afectaban a sectores empresariales y a los consumidores quedan sin aplicación, al menos de forma temporal. Entre los principales se encuentran:
1) Sector energético y extractivo
Entre los tributos que quedan sin efecto se encuentran las medidas dirigidas al sector energético. El decreto contemplaba una contribución parafiscal del 2,5 % para las empresas generadoras de energía, así como un impuesto especial sobre hidrocarburos y carbón, que incluía un gravamen temporal del 1 % sobre la extracción.
También se establecía la limitación a la deducibilidad de regalías en el impuesto de renta y un gravamen del 12 % sobre la entrega o transacción de energía eléctrica.

2) Impuestos al consumo y al IVA
El paquete tributario también incluía modificaciones en impuestos al consumo y al IVA. Entre ellas, la aplicación del IVA del 19 % a licores, cigarrillos y otros productos, además de nuevos gravámenes a las apuestas y juegos de azar, incluidos los operados en línea.
3) Tributos al patrimonio y al sistema financiero
Otra parte del decreto apuntaba a los grandes patrimonios y al sector financiero. Se planteaba un incremento progresivo del impuesto al patrimonio, con tarifas de hasta el 5 % para los contribuyentes con mayores fortunas, así como una sobretasa al sector financiero.
4) Otros gravámenes previstos
El decreto también incluía impuestos adicionales a empresas petroleras y mineras y nuevas cargas tributarias sobre determinadas compras del exterior.
Un golpe al plan fiscal del Gobierno
La suspensión del decreto tiene implicaciones fiscales inmediatas. Según estimaciones oficiales y análisis económicos, el Gobierno buscaba cerrar un déficit de más de 16 billones de pesos con las medidas tributarias, por lo que su congelamiento deja un vacío en las finanzas públicas de 2026.
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Además, el freno judicial afecta decretos derivados del estado de emergencia, como el Decreto 1474 de 2025, lo que implica que ninguna de las nuevas cargas tributarias puede aplicarse mientras la Corte no emita un fallo definitivo.
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