SALUD

MinSalud se pronunció sobre el decreto que quiere prohibir el consumo de suplementos dietarios en niños

La cartera de Salud explicó el borrador de decreto en el que fija las condiciones y requisitos sanitarios de estos suplementos.

jhon PazJohn Paz

El pasado 6 de junio inició la consulta pública nacional del proyecto “por el cual se establecen las condiciones y requisitos sanitarios en materia de suplementos dietarios, y se dictan otras disposiciones”. Según el Ministerio de Salud, este proyecto corresponde a la actualización integral de la normatividad referente a suplementos dietarios en Colombia, el cual busca derogar el Decreto 3249 de 2006 y sus normas modificatorias o complementarios, tales como el Decreto 3863 de 2008, el Decreto 272 de 2009 y la Resolución 3096 de 2007.

Con base en lo anterior, la cartera aclaró que un suplemento dietario es aquel que contiene nutrientes solos o en combinación, tales como proteína, aminoácidos, ácidos grasos, vitaminas y minerales, así como otros ingredientes autorizados, pero no sustancias con acción farmacológica o terapéutica (de acuerdo con su concentración).

Además, agregó que los suplementos dietarios son elaborados para incrementar o adicionar a la alimentación normal diaria de las personas sanas, por lo que deben ser de consumo exclusivo por vía oral y deben presentarse en las formas farmacéuticas autorizadas.

¿Qué dijo el Ministerio de Salud sobre el decreto que quiere prohibir el consumo de suplementos dietarios?

Según el texto emitido por MinSalud, lo que se busca es que los rotulados de los suplementos dietarios sean más claros y que se prohíban el uso de algunas sustancias que presenten riesgos para la salud, como las hormonas. Tampoco podrán tener compuestos como los antibióticos o sustancias que estimules el sistema nervioso.

Sin embargo, esta decisión para la industria médica puede ser algo arbitraria, teniendo en cuenta que ellos argumentan que no deberían prohibir la venta para menores de edad. De hecho, señalan que muchos de los productos, vienen dosificados para los niños, como el Tarrito Rojo Kids.

Ante estas críticas la cartera tuvo que aclarar que no se trata de una prohibición, sino que es una actualización de la normativa referente a suplementos dietarios en el país, que busca derogar el Decreto 3249 de 2006 y sus normas modificatorias o complementarias, tales como el Decreto 3863 de 2008, el Decreto 272 de 2009 y la Resolución 3096 de 2007.

“En caso de que una persona presente deficiencias nutricionales o condiciones de salud que modifiquen los requerimientos, los productos establecidos y recomendados para este manejo son los medicamentos (que ejercen efectos terapéuticos) o los alimentos para propósitos médicos especiales – APME (que brindan soporte nutricional)”, señala el Ministerio de Salud.

Bajo esa misma línea, aclaró que los cambios que esperan hacer consisten en actualizar los valores de referencia y niveles máximos de ingesta tolerable, buenas prácticas de abastecimiento específicas y armonización de los requisitos normativos con los acuerdos realizados en el marco de la Alianza del Pacífico con Chile y Perú.

“Una vez finalizada la consulta pública nacional se dará respuesta a los comentarios recibidos, se harán los ajustes que tengan lugar sobre el proyecto de decreto, y se continuará el proceso requerido, que incluye varias etapas como son: consulta pública internacional, trámite ante la SIC y el DAFP sobre el proyecto de reglamento técnico, y trámite ante la Dirección Jurídica del Ministerio para la emisión de la versión final del reglamento técnico”, sentenció la cartera de Salud.

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