ECONOMÍA

Los motivos por los que la Dian suspendió cuatro millones de RUT: un claro aviso

El anuncio fue revelado tres meses antes de que inicien los tiempos establecidos para presentar la declaración de renta: sin este documento, los documentos no pueden declarar.

ColprensaMauricio Alvarado

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) reveló que suspendió a 3.958.666 de inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) a causa de las inconsistencias halladas por la entidad tributaria: la falta de información de contacto, fallas en los números de identidad y la desactualización de los datos solicitados para identificar las actividades económicas de los ciudadanos fueron las principales causales que llevaron a la entidad a tomar esta medida.

La administración tributaria invita a los ciudadanos a que actualicen la información correspondiente lo antes posible, teniendo en cuenta que mientras se mantenga la suspensión, no podrán adelantar sus trámites con la DIAN, expedir facturas, soportar costos y deducciones, ni contratar bienes o servicios”, explicó la DIAN por medio de un comunicado.

¿Qué puedo hacer si me suspendieron el RUT?

Para anular la suspensión en el Registro Único Tributario, los contribuyentes deben acercarse a un punto físico de la entidad, donde los funcionarios expondrán las razones que llevaron al organismo a suspender o cancelar el documento. Una vez el usuario conozca las causales que afectaron su registro, deberán realizar los ajustes pertinentes y solicitar el levantamiento de la medida. Para conocer el estado de su RUT usted debe:

  1. Acceda al sitio web oficial de la DIAN
  2. Ingrese el número de su NIT o número de cédula.
  3. Haga clic en el botón ‘Buscar’.
  4. Después de ello, la plataforma le indicará los nombres del contribuyente y el estado del documento: activo, suspendido o cancelado.

El RUT, que es expedido por la DIAN de manera gratuita, es un documento fundamental para identificar las obligaciones financieras que tienen los ciudadanos en materia de impuestos, por lo que el aviso de la entidad fue revelado tres meses antes de que inicie la declaración de renta, la cual debe ser adelantada por los contribuyentes durante agosto, septiembre y octubre.

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