Ley ‘dejen de fregar’: ¿Cuáles son los horarios permitidos para que llamen los bancos?
De acuerdo con lo expuesto por la normativa, las entidades bancarias sólo podrán contactar al usuario a través de una vía y máximo dos por semana.
Desde el pasado martes 10 de octubre entró en vigencia la nueva “Ley dejen de fregar”, con la que las entidades bancarias y demás empresas están en la obligación de evitar hacer llamadas para cobrar u ofrecer productos los días domingos, festivos y los días entre semana, en los horarios no hábiles.
Esta ley determina los canales, horarios, periodicidad y diferentes lineamientos en los que se pueden contactar las entidades con los usuarios para hacer cobros y ofrecer productos, con el fin de proteger el derecho a la intimidad de los consumidores.
Bajo esta nueva normativa, que fue aprobada en el pasado mes de julio, las entidades sólo podrán contactarse con el usuario a través de una vía y máximo dos por semana entre lunes y viernes, pero bajo ciertos horarios establecidos. Cabe mencionar que, para la implementación de esta norma, las superintendencias Financiera y de Industria y Comercio están en la obligación de vigilar y sancionar a quienes incumplan con las medidas decretadas por la ley.
Horarios permitidos y prohibidos para las llamadas
Los gestores de cobranza sólo pueden contactar a los consumidores por medio de canales que estos mismos autoricen, además de tener en cuenta la franja horaria que va de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., mientras que los sábados aplica desde las 8:00 a.m. hasta las 3:00 p.m.
De igual manera, quedan prohibidas las llamadas que estén fuera de los horarios anteriormente mencionados, además de los domingos y festivos. No obstante, se creará un ‘Registro de números excluidos”, entre la delegación al Ministerio TIC y la Comisión de Regulación de Comunicaciones, donde se hará la inscripción de los consumidores que no deseen ser contactados por medio de mensajes, correos o cualquier otro tipo de contacto.
Las empresas que lleguen a incumplir con lo estipulado por la ley y violen la privacidad de los usuarios, recibirán sanciones por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia o de Industria y Comercio.
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