Ediciones
Caracol Radio
Resultados
Síguenos en
Hola
NACIÓN

Las razones por las que se pueden librar de asistir de forma presencial a la asamblea de su conjunto

Dependiendo de la justificación por la inasistencia el Consejo Administrativo evaluará si se impone o no la multa económica.

Las razones por las que se pueden librar de asistir de forma presencial a la asamblea de su conjunto
Colprensa
Paula Camila Molano
Comunicadora Social y Periodista del Politécnico Grancolombiano, con énfasis en Periodismo. Estuvo en Caracol Radio en deportes como practicante en 2023 e ingreso a Diario AS en 2024. Le apasiona el deporte, el fútbol y el tenis.
Actualizado a

Tener vivienda hoy en día o habitar en un conjunto residencial de propiedad horizontal en Colombia hace que los ciudadanos tengan que cumplir de manera obligatoria con la participación en la Asamblea General de Copropietarios que normalmente se realiza a inicio de año. Este evento tiene una duración de aproximadamente 8 horas o más, es decir, casi todo el día.

De acuerdo con el portal Actualícese, la convocatoria la debe realizar el administrador por medio de una carta o una comunicación enviada con 15 días calendario de anterioridad. “La asamblea general está constituida por los propietarios de los bienes privados, o sus representantes o delegados, reunidos con el quorum y las condiciones previstas en la ley y en el reglamento de la propiedad horizontal”, indicó el portal.

¿Se puede recibir una multa por no asistir a la Asamblea en el conjunto?

De acuerdo con lo informado por expertos en propiedades horizontales, dieron a conocer que los copropietarios podrán ser sancionados por no asistir a la Asamblea, pero si alguno de ellos no puede asistir a este evento y tiene una inasistencia justificada, podrá omitir la multa.

Los expertos también indicaron que, si el Consejo de la Administración no acepta la justificación de la inasistencia, el propietario tiene el derecho a impugnar la sanción y eso lo puede presentar a un juez dentro del mes siguiente de la notificación.

Noticias relacionadas

En las redes sociales, la cuenta de “Con Toda Propiedad” dio a conocer que sí se pueden presentar multas, pero “siempre y cuando la obligación de asistir se encuentre escrita en el reglamento de propiedad horizontal. Además de ello, es necesario que me escuchen o me invite el Consejo de Administración a escuchar los motivos por los cuales no asistí a la asamblea”.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:

Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Tu opinión se publicará con nombres y apellidos

Te recomendamos en Actualidad