JUDICIAL

La habitual conducta con la cámara del celular que muchos hacen y podría tener sanciones en Colombia

Estos son los casos en los que grabar a un tercero sin su consentimiento podría incurrir en una conducta delictiva.

La habitual conducta con la cámara del celular que muchos hacen y podría tener sanciones en Colombia
foto: pexels
Carolina Morales
Colaboradora en As Colombia
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

En los últimos días se viralizó un video en el que un domiciliario graba las agresiones que recibió por parte de una mujer a la que le transportaba cajas de pizza. Pese a que en el clip no se exponen las razones puntuales por las que inició el conflicto entre ambas partes, en la toma publicada por el repartidor evidencia una conducta discriminatoria y abusiva contra el joven.

La mujer, además de insultos, realizó comentarios clasistas y discriminatorios en contra del domiciliario, lo que abrió el debate público sobre la falta de garantías para los trabajadores que prestan atención al cliente, así como también de las circunstancias en las que la legislación colombiana permite grabar a un tercero y subirlo a redes sociales sin su consentimiento.

De acuerdo con el Código Penal colombiano, no toda grabación es legal ni libre de consecuencias jurídicas, especialmente cuando se realiza sin el consentimiento de las personas involucradas. De modo que el contexto, el lugar y la finalidad del video son elementos clave para establecer si una grabación es legal o no.

La habitual conducta con la cámara del celular que muchos hacen y podría tener sanciones en Colombia
En Colombia, grabar a un tercero sin su consentimiento podría ser un delito.

¿Cuándo grabar a una persona podría generar una sanción en Colombia?

Según el abogado Fabio Humar, "aquí en Colombia no existe ese delito, existe en otros países una falta cuando usted lo graban y lo exponen, pero en este caso las personas están en un lugar público, en la vía pública, lo cual quiere decir que razonablemente han renunciado a su intimidad", contó el experto en diálogo con Asuntos Legales.

Es decir, grabar en espacios públicos, como calles, parques o plazas, no está prohibido por la legislación nacional, siempre y cuando la grabación no vulnere los derechos fundamentales como la intimidad o la vida privada de las personas, pues quienes se encuentran en lugares públicos deben ser conscientes del grado de exposición al que están sometidos.

Además, cuando la persona que graba forma parte directa de la conversación y la grabación se realiza con el objetivo de documentar hechos de los que es parte, por ejemplo, para defenderse ante una agresión real o presunta, puede considerarse una forma de captación legal de pruebas. En estos casos, el material podría tener valor probatorio ante las autoridades judiciales siempre que no se haya recurrido a métodos ilícitos para obtenerlo.

Sin embargo, grabar a una persona sin su consentimiento en ciertos contextos puede constituir una violación de derechos fundamentales, especialmente cuando se trata de comunicaciones privadas o de situaciones en las que la persona está en un espacio íntimo. Por lo tanto, cuando la persona que está siendo grabada se encuentra en espacios semiprivados o privados, como oficinas, viviendas o áreas restringidas, la captación no autorizada de su imagen o voz puede vulnerar la privacidad protegida por la Constitución colombiana.

Ahora bien, aunque no existe en Colombia un delito específico por grabar a alguien y exponerlo en redes sociales, en algunos casos los videos sirven como prueba para identificar otra serie de delitos. Por ejemplo, si la grabación se usa para calumniar, injuriar o discriminar a una persona, quien la publica podría enfrentar investigaciones penales y sanciones.

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“La jurisprudencia ha sido especialmente cuidadosa en señalar que estas grabaciones se justifican cuando se está frente a una conducta ilícita contra sí mismo o contra terceros y se actúa para obtener prueba, pues fuera de esos escenarios la captación y, sobre todo, la divulgación pueden vulnerar el derecho fundamental a la intimidad", afirmó Lina Sandoval, abogada de Mauricio Pava Abogados, en diálogo con Asuntos Legales.

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