Intereses de las Cesantías | Qué son, cuándo se pagan y cómo se liquidan
El pago que hace de manera directa el empleador a su trabajador, se convierte en una forma de solventar los gastos del primer mes del año.
Toda empresa debe reconocer a sus trabajadores los intereses de las cesantías, un valor que corresponde a la prestación social de las Cesantías. Este pago, debe hacerlo directamente el empleador a sus trabajadores y siempre tendrá que realizarse antes del 31 de enero de cada año.
De acuerdo a la ley 52 de 1975, el numeral 2 del artículo 1 menciona que el interés es del 12% anual del valor total de las cesantías o proporcional al tiempo trabajado para todos aquellos trabajadores que no cumplan con un año completo de labores. Además, es importante mencionar que la Censantías, corresponden a una prestación social a la que tiene derecho todo trabajador que cuente con un vínculo laboral.
¿Cuándo se deben pagar los intereses de las cesantías?
Debido a que es un derecho que tiene todo trabajador con un vínculo laboral, este corresponde a un mes de salario por cada año de servicio prestado. Por esta razón, los intereses de las Cesantías tienen que ser pagadas por el empleador de forma directa o está la opción de consignar por medio de la cuenta del trabajador.
Según la ley, los intereses de las cesantías deben ser cancelados el 31 de enero o antes de esa fecha de cada año. Sin embargo, en caso de exista una terminación de contrato laboral con anterioridad a la finalización del año, los intereses deben cancelarse proporcionalmente al tiempo laborado.
Recuerde que los intereses se entregan antes del 31 de enero de cada año, solo en el caso de que se haya laborado el año completo o al momento de que haya una terminación del contrato. En el caso de las Cesantías, estas deben ser consignadas entre el 1 de enero y el 14 de febrero al Fondo de Cesantías elegido por el trabajador.