Impuestos en Colombia: cuáles tengo que pagar en 2023 y cómo saber mis obligaciones
Conozca las fechas de pago de las obligaciones tributarias de las personas naturales durante este segundo semestre del año.
A principios de este 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) hizo un llamado a la ciudadanía para tenga en cuenta el calendario tributario, con el propósito de declarar y pagar los diferentes impuestos correspondientes a este año y evitar todo tipo de multas por parte de la entidad.
Teniendo en cuenta lo anterior, por medio del decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022, el Gobierno Nacional dispuso diferentes plazos para que los contribuyentes puedan cumplir con las obligaciones tributarias de este año. En ese orden de ideas, para este segundo semestre del año quedan pendiente los siguientes impuestos.
¿Cuáles son los impuestos que debo pagar en 2023?
Durante este segundo semestre del año, comenzarán los vencimientos para el pago de las obligaciones tributarias, por lo que es de gran importancia tener presente las fechas, las formas de presentar los impuestos y demás recomendaciones que son de gran utilidad para este tipo de trámites en el país.
Impuesto sobre la Renta
Para este 2023, las personas naturales, jurídicas, contribuyentes del Régimen Tributario Especial y demás entidades validadas por la Dian, están en la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022, motivo por el cual deben pagar el valor del impuesto en tres cuotas, teniendo en cuenta el último dígito del NIT (pago tercera cuota, entre el 7 y el 22 de junio de 2023).
En el caso de las instituciones financieras calificadas como “Grandes Contribuyentes” y que están obligadas al pago de la sobretasa, tendrán que liquidar un anticipo calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementario del año gravable 2022, haciendo el pago en dos cuotas iguales y teniendo en cuenta el último dígito del NIT (pago segunda cuota 50%, entre el 7 y el 22 de junio de 2023).
Las personas jurídicas, sociedades y contribuyentes del Régimen Tributario Especial, que no están calificados como “Grandes Contribuyentes”, tendrán que hacer los pagos en dos cuotas iguales al pago del Impuesto Sobre la Renta y Complementario año gravable 2022 (pago segunda cuota, del 7 al 21 de julio de 2023).
Declaración anual de activos en el exterior
De acuerdo a información publicada por la revista Semana, los plazos para presentar la declaración anual de activos en el exterior se determinaron teniendo en cuenta el tipo de declarante y el último o dos últimos dígitos del NIT. Esta obligación, solo es aplicable cuando el valor patrimonial de los activos del exterior poseídos a 1 de enero de 2023 sea superior a 2.000 UVT, lo que significa mayor o igual a $84.824.000.
En ese caso, los plazos de vencimiento son los siguientes: Para personas naturales, entre el 9 de agosto y el 19 de octubre de 2023, dependiendo los dos últimos dígitos del NIT. Los “Grandes Contribuyentes”, tuvieron plazo hasta el 21 de abril y las personas jurídicas lo tuvieron hasta el pasado 8 de mayo de este año.
Impuesto sobre las ventas – IVA
Contribuyentes, grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales, cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año gravable 2022, sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($3´496.368.000), además de los responsables que se encuentran dentro de los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, están en la obligación de presentar y pagar una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
Recuerde que para el caso de las personas que declaren IVA por contratos de prestación de servicios en Colombia o en el exterior, las fechas de pago están ajustadas para los días 13 y 14 de cada mes, dependiendo el caso del contribuyente.
Importancia de la UVT en los impuestos
La Unidad de Valor Tributario (UVT), es una unidad de medida de valor, cuyo objetivo principal es representar los valores tributarios que se encontraban expresados en pesos. Esta sirve para medir los valores de impuestos y obligaciones, como la declaración de renta, el impuesto al consumo, retención en la fuente, entre otras cosas.
En noviembre del año pasado, el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), Luis Carlos Reyes, anunció que la UVT que entró en vigencia desde el 2023 es de $42.412, lo que significó un aumento de $4.408 (11,59%) a diferencia del 2022.