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ECONOMÍA

Impuesto ICA en Bogotá: Fechas, plazos y cómo pagarlo

Incumplir con el pago de este gravamen podría provocar la asignación de intereses moratorios y multas por extemporaneidad.

Actualizado a
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Colprensa

La Secretaría de Hacienda de Bogotá anunció que, el próximo viernes 14 de abril, vence el plazo para declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio (ICA) correspondiente a los meses de enero y febrero de este año. Adicionalmente, la entidad señaló que quienes incumplan el plazo deberán asumir el costo de los intereses moratorios por extemporaneidad.

De acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, la aplicación de este impuesto se ejerce a “los contribuyentes obligados del régimen común, es decir, aquellos que declararon y pagaron en 2022 un impuesto superior a 14.859.564 pesos (391 UVT”). Sin embargo, la obligación financiera también incluye a los nuevos contribuyentes del país que iniciaron actividades económicas el año pasado.

¿Cómo hacer el pago del impuesto del ICA?

Del mismo modo, la Secretaría de Hacienda de Bogotá recordó a los contribuyentes que el plazo para pagar el ICA correspondiente a los meses de marzo y abril será el viernes 16 de junio de 2023. Para hacer el pago de este gravamen usted debe ingresar a la Oficina Virtual del organismo, por lo que, en caso de haber olvidado su contraseña, asegúrese de recuperarla antes de presentar su declaración y efectuar el pago a través de la página web https://oficinavirtual.shd.gov.co/OficinaVirtual/login.html.

“A pocos días del vencimiento, es importante que los contribuyentes de este impuesto recuerden que antes de presentar su declaración y de realizar el pago de su obligación, tienen que haber recuperado su contraseña en la Oficina Virtual. Producto de este proceso, el sistema les enviará una nueva clave al correo que tengan registrado actualmente en la Oficina Virtual”, explicó Pablo Verástegui, Director de Impuestos de Bogotá.

Ahora bien, tenga en cuenta que el pago del impuesto del ICA también puede realizarse a través del botón de pagos PSE, con tarjeta de crédito de algunas entidades financieras que tienen convenio con la Secretaría de Hacienda y mediante transferencias bancarias.