De acuerdo con información publicada por Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, el ICA es el Impuesto de Industria y Comercio el cual se genera por la realización de actividades industriales de forma directa o indirecta, comerciales o de servicios, que se desarrollan de manera permanente u ocasional.
Este impuesto lo pagan los trabajadores independientes que ejercen profesiones liberales entre ellos abogados, contadores, revisores fiscales, etc. El recaudo, control y fiscalización del Impuesto de Industria y Comercio, para el caso de Bogotá, está en cabeza de la Secretaría Distrital de Hacienda.
El tributo denominado “ReteICA”, también está relacionado con la retención del Impuesto de Industria y Comercio ICA, el cual se desarrolla en seis cuotas a lo largo del año. De hecho, la primera cuota caducó el 31 de marzo, la segunda el 19 de mayo y la tercera vence el próximo 21 de julio de este año, por lo que las personas que están en la obligación de pagar, tienen todavía tiempo para suministrar los datos de registro para el trámite.