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REFORMA PENSIONAL

Fecha límite para afiliados a Colpensiones: tendrán que tomar esta decisión

Este jueves 16 de enero concluye el plazo para que los trabajadores elijan su Administradora del Componente Complementario de Ahorro.

Trabajadores colombianos tendrán plazo hasta el 16 de enero de elegir su Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).
Sebastián Leal AS Colombia

La reforma pensional en Colombia, que entrará en vigencia desde el 1 de julio de 2025, establece que los trabajadores con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), equivalentes a $3.274.050 en 2025, deben distribuir sus aportes entre Colpensiones y una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

De acuerdo con la Superintendencia Financiera, las ACCAI “son entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que, conforme con la ley y el procedimiento establecido por esta Superintendencia, cuentan con la autorización para desarrollar la actividad de administración del componente complementario de ahorro individual del Pilar Contributivo”.

Justamente, este jueves 16 de enero vence el plazo para que los contribuyentes y trabajadores del país elijan su ACCAI. De no hacer su respectiva inscripción, el sistema elegirá, al azar, en cuál empresa quedará el excedente de quienes ganan como salario más de lo estipulado por la ley.

¿Cómo será la distribución de aportes?

Para las personas que ganen hasta 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigente, los aportes serán destinados a Colpensiones. Por otro lado, para quienes ganen más de ese monto, el excedente debeá ir a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI).

La Superintendencia Financiera ha autorizado cuatro ACCAI para administrar estos aportes:

  • Colfondos
  • Porvenir
  • Protección
  • Skandia

Quienes ya estén afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) serán automáticamente asignados a la misma entidad como su ACCAI, sin necesidad de realizar trámites adicionales. No obstante, es posible cambiar de ACCAI después de seis meses, si así se desea.

¿Quiénes deberán elegir ACCAI?

  • Afiliados que al 30 de junio de 2025 tengan menos de 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas (hombres) y perciban ingresos superiores a 2,3 SMMLV.
  • Trabajadores que inicien su cotización en el sistema pensional a partir del 1 de julio de 2025 y ganen más de 2,3 SMMLV.

Las ACCAI ofrecen procesos de afiliación a través de sus plataformas digitales. Para afiliarse, se requiere el documento de identidad y el NIT de la empresa empleadora. La afiliación será efectiva a partir del 1 de julio de 2025.

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