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Estos son los ciudadanos que dejarán de recibir doble pensión: requisitos y afectados en Colombia

Aquellas personas que tengan a su nombre dos mesadas deberán tener en cuenta que recibirán siempre la que mejor les convenga.

El Congreso de la República deberá crear un nuevo régimen pensional para las mujeres colombianas.
| COLPENSIONES
Paula Camila Molano
Comunicadora Social y Periodista del Politécnico Grancolombiano, con énfasis en Periodismo. Estuvo en Caracol Radio en deportes como practicante en 2023 e ingreso a Diario AS en 2024. Le apasiona el deporte, el fútbol y el tenis.
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Debido a la reforma pensional que fue aprobada en el 2024 y que entrará en vigor el 1 de julio del 2025, varios colombianos dejarán de recibir las dobles mesadas a nivel nacional. Esto se debe a que quedó estipulado en el documento que nadie podrá recibir dinero del mismo sistema.

Otro de los motivos por los cuales tampoco los colombianos podrán recibir doble ingreso es debido a que no se pueden acumular las pensiones familiares ni de los sobrevivientes. Es por esto por lo que estas mesadas no son compatibles con otro tipo.

Además, aquellos que reciban dinero sobre la pensión de invalidez no podrán recibir la mesada sobre la pensión de la vejez. Es importante recordar que la ley informa que los colombianos recibirán el dinero de la pensión que más les convenga, según los aportes realizados y condiciones establecidas en el marco normativo.

“Ninguna persona podrá recibir simultáneamente prestaciones de invalidez por riesgo común y de vejez. La pensión familiar será incompatible con cualquier tipo de pensión, incluida la pensión de sobrevivientes. En todo caso, se continuará reconociendo la que sea más favorable al beneficiario”, informó el Ministerio del Trabajo en el documento definitivo del proyecto.

¿Cuáles son los descuentos que tendrán las pensiones a partir de julio del 2025?

De acuerdo con la ley aprobada, aquellas personas que obtengan ingresos mayores a los 10 salarios mínimos deberán aportar un porcentaje de su mesada al Fondo de Solidaridad Pensional. Este aporte será de manera obligatoria y automática, ya sea que dichas pensiones sean administradas por Colpensiones o Fondos Privados.

“En ningún caso la base de cotización en el Pilar Contributivo podrá ser inferior al monto del salario mínimo legal vigente, salvo para aquellas personas que cotizan por semanas, quienes lo harán sobre la correspondiente proporción”, indicó el documento de la ley 2381.

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Cabe resaltar que estos aportes son asignados a las personas que pertenecen al Pilar Solidario, es decir, aquellos ciudadanos que no cuentan con una pensión debido a sus condiciones socioeconómicas, como independientes.

  • Personas que cuentan con una pensión con ingresos entre 10 a 20 salarios mínimos ($14.235.000 y $28.470.000) deberán aportar el 1% de su mesada.
  • Personas que cuentan con una pensión con ingresos mayores de 20 salarios mínimos (+ de $28.470.000) deberán aportar el 2% de su mesada.

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