EDUCACIÓN

Esta es la fecha exacta en la que los maestros cobrarán la prima de vacaciones y Navidad: monto confirmado

Estas bonificaciones, que deberán ser entregadas a los profesores del sector público y privado, equivalen a un monto de $1.950.000 para quienes devengan un salario mínimo.

ColprensaJuan Páez

Al cierre de este año escolar, los docentes vinculados a través de contrato de trabajo a término fijo o indefinido en instituciones de educación primaria, media vocacional, bachillerato o superior, recibirán el pago de las primas vacacionales que hacen parte de las prestaciones sociales exigidas por el Ministerio de Trabajo para quienes son dependientes, están subordinados y reciben remuneración por sus funciones.

Por tanto, debido al inicio del periodo vacacional, los docentes recibirán la segunda parte de un mes de asignación básica salarial, pues la primera parte de esta prima debió ser entregada a mitad de año, durante las primeras vacaciones de 2024. Este monto, de hecho, equivale a 15 días de sueldo por cada año de servicios prestados, de modo que los docentes que devengan un salario mínimo recibirán una suma de $650.000. Según la normativa colombiana, esta prima debería ser pagada a más tardar el 27 de noviembre de 2024.

De acuerdo con el Decreto 1381 de 1997, “se tiene derecho a la prima de vacaciones, una vez finalizado el año académico correspondiente, por cada año de servicios prestados. Su paga se hará efectivo dentro de los cinco (5) días antes de iniciar el disfrute de las vacaciones. El reconocimiento y pago de la prima de vacaciones no sustituye ni modifica las demás prestaciones o bonificaciones que hoy viene percibiendo el docente”.

¿De cuánto es la prima de Navidad?

A la prima vacacional, de hecho, se suma una bonificación navideña diseñada para reconocer el trabajo continúo de los docentes. Este monto, correspondiente a un mes de sueldo, que para quienes ganan un salario mínimo equivale a $1.300.000, deberá ser entregado a más tardar el próximo viernes 13 de diciembre.

Según el Decreto 1045 de 1978, “los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho al reconocimiento y pago de una prima de Navidad. Esta prima será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado en treinta de noviembre de cada año. La prima se pagará en la primera quincena del mes de diciembre”.

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