Esta es la edad de jubilación definitiva para los profesores de colegios públicos en Colombia
El límite de edad y de tiempo trabajado para acceder a la mesada pensional depende del año de ingreso del docente. Aquí le contamos cómo puede calcularlo.
Pese a que el sistema pensional establece los lineamientos que deben cumplir los colombianos para acceder a los beneficios de jubilación, las condiciones para acceder a una pensión son distintas para los docentes adscritos al magisterio. Por ello, la edad de retiro es diferente para los profesores del sector público y depende de su periodo de ingreso.
De acuerdo con el Decreto 2277 de 1979, los docentes pueden solicitar el reconocimiento de la pensión a partir de los 55 años de edad, luego de haber trabajado durante 20 años continuos o discontinuos con el Estado. Bajo esta legislación, los profesores podrán acceder a una pensión del 75% del salario del último año laboral.
Además, pese a cumplir con la edad y acceder a la mesada pensional, los docentes podrán seguir trabajando hasta que alcancen los 70 años dado que, según el artículo 70 del Decreto 2277 de 1979, “el goce de la pensión de jubilación no es incompatible con el ejercicio de empleos docentes”. Esta legislación, sin embargo, aplica únicamente a los maestros que ingresaron al sistema educativo antes de 2002.
¿A qué edad se pensionan los profesores en Colombia?
Los docentes que fueron nombrados después de 2002, por el contrario, podrán pensionarse una vez cumplan los 57 años. Además, deberán tener cotizadas al menos 1.300 semanas en el sistema pensional y haber trabajado durante al menos 25 años con el Estado. El porcentaje de mesada de este grupo de docentes, por el contrario, se calcula sobre el 65% del promedio salarial de los últimos 10 años.
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Ahora bien, de acuerdo con el Decreto 1278 de 2002, por cada 50 semanas adicionales que cotice el docente podrá recibir un aumento del 1,5% en su mesada de jubilación. De igual forma, los docentes que pertenecen al magisterio podrán continuar trabajando hasta el límite de edad establecido por la ley colombiana.
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