JUDICIAL

¿Es legal el suicidio médico asistido en Colombia y cuál es su diferencia con la eutanasia?

El caso de Catalina Giraldo ha encendido el debate sobre este método.

Colaboradora en As Colombia
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
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En Colombia, el derecho a morir dignamente ha avanzado judicialmente durante los últimos años y, tras los cambios en la legislación, se han ofrecido mayores opciones para los pacientes que desean acceder a este método.

Actualmente, tanto la eutanasia como el suicidio asistido médicamente son legales el país. Sin embargo, sus diferencias y la forma en que se aplican continúan causando debate en el sector salud, especialmente tras la difusión de casos como el de Catalina Giraldo.

En 2022, la Corte Constitucional despenalizó esta práctica para personas con enfermedades graves e incurables, pero dejó en manos del Congreso y del Gobierno Nacional su regulación específica. Esto ha generado inconsistencias jurídicas que han impedido su aplicación en el sistema de salud.

Por el contrario, la eutanasia sí es legal en Colombia desde 1997 y fue regulada por las autoridades desde 2015, lo que ha permitido su implementación en distintos casos bajo el cumplimiento de ciertas condiciones médicas.

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¿Cuál es la diferencia entre eutanasia y suicidio asistido?

Aunque ambos procedimientos hacen parte del concepto de ‘muerte digna’, no son lo mismo. La diferencia principal radica en quién realiza la última acción que produce la muerte. En la eutanasia, es un médico quien realiza directamente el procedimiento para causar el fallecimiento del paciente, bajo su consentimiento.

Por el contrario, en el suicidio médicamente asistido el profesional de la salud proporciona los medios, pero es el paciente quien decide y ejecuta el acto final. Estas diferencias han generado implicaciones éticas, legales y médicas, pues mientes la eutanasia está regulada y se aplica en Colombia, el suicidio asistido aún carece de protocolos definidos, lo que limita su acceso.

Catalina Giraldo continúa esperando aprobación del suicidio asistido

La historia de Catalina Giraldo, una psicóloga de 30 años, ilustra este vacío legal. Ella padece trastornos mentales severos, entre ellos depresión mayor, trastorno límite de la personalidad y ansiedad, condiciones que, según su testimonio, le generan un sufrimiento constante e insoportable.

Tras años de tratamientos sin mejoría, incluyendo múltiples hospitalizaciones y diferentes terapias, decidió solicitar el acceso al suicidio médicamente asistido. Su petición no fue por eutanasia, sino por este mecanismo en el que ella misma tendría el control del momento final de su vida.

En octubre de 2025, Giraldo presentó formalmente la solicitud ante su EPS. Argumentó que cumplía con los criterios establecidos por la jurisprudencia: una enfermedad grave, sufrimiento intenso y resistencia a tratamientos. Sin embargo, la respuesta fue negativa. La entidad señaló que no podía autorizar el procedimiento debido a la falta de regulación vigente.

Ante esta situación, la joven interpuso una acción de tutela con el objetivo de que la Corte Constitucional estudie su caso y ordene tanto la autorización del procedimiento como la creación de normas claras para su aplicación.

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“Catalina Giraldo es una paciente que tiene tres diagnósticos de salud mental tremendamente complejos (...) Este es el primer caso público en donde la persona dice: ‘Yo lo que tengo es una enfermedad mental (...) Ella ha estado hospitalizada casi doce veces. De hecho, en este momento está hospitalizada porque, en la espera judicial para que le aceptaran el suicidio medicamente asistido, tuvo un intento de suicidio hace más o menos unas tres semanas”, afirmó Lucas Correa, abogado de Catalia.

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