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En qué consiste el programa Jóvenes en Paz y por qué el Consejo de Estado le ha suspendido algunos términos

Ahora, los beneficiarios del programa que reciben un millón de pesos serán menos, pues las condiciones con las que funciona la iniciativa son distintas a las que aprobó el Congreso.

Colprensa

El programa ‘Jóvenes en Paz’, diseñado bajo el Gobierno de Gustavo Petro y direccionado a través del Ministerio de la Igualdad que actualmente permanece a cargo de la vicepresidenta Francia Márquez, el Consejo de Estado suspendió tres términos de la iniciativa y delimitó a los beneficiarios que hacen parte de esta asistencia monetaria.

Antes de las modificaciones realizadas por el Consejo de Estado, ‘Jóvenes en Paz’ beneficiaba a ciudadanos entre 14 y 18 años que habitaban en condiciones de vulnerabilidad, pobreza y pobreza extrema y que, además, estaban en riesgo de caer en contextos de delincuencias. Sin embargo, tras un recurso legal interpuesto por la senadora Paloma Valencia, el alto tribunal redujo a la población auxiliada únicamente a los jóvenes en estado de pobreza extrema.

Declarar la medida cautelar de la suspensión provisional de la expresión ‘pobreza’ contenida en el artículo 1 del Decreto 1649 de 2023, así como de las expresiones “pobreza” o “vulnerabilidad en términos monetarios” contenidas en el numeral 1 del artículo 2 del Decreto 1649 de 2023″, resolvió el alto tribunal, explicó el Consejo de Estado, según informó el diario El Espectador.

¿Por qué reducen el número de beneficiarios de ‘Jóvenes en Paz’?

De acuerdo con la senadora Valencia, el Congreso de la República aprobó la entrega de incentivos monetarios correspondientes a un millón de pesos únicamente a los beneficiarios que se encontraran en situación de pobreza extrema, que según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas representa a una persona con ingresos iguales o inferiores a $198.698 pesos, lo que representa una “extralimitación en la función reglamentaria”.

Por tanto, el Consejo de Estado “delimitó el alcance de la cobertura del Programa y, por ende, el gasto y el presupuesto que supone implementarlo (...) en este último aspecto, no puede pasarse por alto que, cuando el decreto reglamentario incorpora una población que no fue la prevista en el Plan Nacional de Desarrollo, la consecuencia práctica es el aumento del gasto frente al Programa, pasando por alto que la ley no lo autorizaba”.

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