FINANZAS

Empezarán a cobrar servicios públicos y facturas de papel físico a digital: qué debo saber

Conozca a partir de cuándo comenzará este nuevo sistema de facturación electrónica en diferentes empresas del país.

Colprensa

Debe tener muy presente que en los próximos meses ya no encontrará en sus buzones, casilleros o pisos en la entrada de su vivienda los tradicionales recibos de agua, luz, gas y teléfono, los cuales desde hace muchos años llegan a su casa para darle aviso de lo que tiene que pagar por estos servicios públicos.

Lo anterior, no es porque estas compañías estén olvidando emitir los respectivos recibos o que no le estén cobrando la facturación, sino que a partir del próximo mes de agosto, se presentará un cambio en el modelo de cobro que pasará del físico al digital en estos sectores, como en el de espectáculos.

Cabe mencionar que esta nueva dinámica se dio por cuenta de una disposición de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), en las que entran tiquetes aéreos, billetes de lotería y demás juegos de azar, además del pago de peajes y boletas de espectáculos públicos.

¿Cuándo comienza la facturación electrónica para servicios públicos?

Es importante mencionar que la Dian, por medio de las Resolución 008 de 2024, estableció que el cambio en la forma de facturación de estos servicios comenzaría el 1 de mayo e irá hasta el 1 de noviembre del presente año, comenzando por los grandes contribuyentes (mayo), seguidos por los que declaran Impuesto sobre la Renta que no entren dentro de grandes contribuyentes (junio) y los que no declaran Impuesto sobre la Renta y demás calidades anteriormente mencionadas a partir de julio.

Con base en lo anterior el siguiente grupo de contribuyentes que debe implementar el nuevo modelo de facturación corresponde a las empresas de servicios públicos, quienes tendrán que hacerlo a partir del 1 de agosto, de acuerdo con el calendario establecido por la Dian.

Calendario de implementación de facturación electrónica

  • Servicios públicos domiciliarios – 1 de agosto
  • Tiquete de transporte de pasajeros – 1 de agosto
  • Extracto bancario – 1 de agosto
  • Tiquete de avión – 1 de septiembre
  • Boleta, fracción, formularios, cartón billete o instrumento en juegos de suerte y azar – 1 de septiembre
  • Documento expedido para el cobro de peajes – 1 de octubre
  • Boleta de ingreso a espectáculos públicos – 1 de noviembre
  • Boleta de ingreso a cine - 1 de noviembre

Recuerde que el cambio en la facturación no afecta la obligación de los consumidores de realizar los pagos en las fechas establecidas por cada compañía, los cuales podrán seguir efectuándose en los puntos físicos establecidos para ellos o por medio del canal electrónico.

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