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ELECCIONES 2023

Elecciones regionales 2023: ¿Quiénes pueden votar en Corferias este domingo?

Este domingo 29 de octubre se harán en Colombia las elecciones regionales. En estas se escogerán gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades. entre otros.

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Colprensa

El domingo 29 de octubre, de de las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m., los colombianos estarán ejerciendo su derecho al voto en todo el territorio nacional. Se estima que aproximadamente 39 millones de ciudadanos se encuentran habilitados para escoger a quienes ocuparán algunos cargos públicos en el periodo 2024-2027.

El 31 de diciembre de 2023 finaliza el periodo constitucional de cuatro años (2020-2023) para el que fueron elegidos, el pasado 27 de octubre de 2019, gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL). Por esta razón, se deben escoger los reemplazos para estos cargos.

De acuerdo con la Registraduría Nacional, se escogerán las personas que ocuparan los cargos mencionados anteriormente en el periodo que inicia el 1 de enero de 2024 y finaliza el 31 de diciembre de 2027. El total de personas que se elegirán es el siguiente:

  • 32 gobernadores.
  • 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales.
  • 1.102 alcaldes.
  • 12.072 concejales de todos los municipios y ciudades del país.
  • 6.513 ediles que conformarán las Juntas Administradoras Locales (JAL).

¿Quiénes pueden votar en Corferias este domingo?

Los puestos de votación en Colombia son asignados cuando la persona cumple 18 años y expide su cédula. Estos por lo general se ubican en lugares cercanos a la residencia de los ciudadanos, pero pueden ser cambiados con el proceso de inscripción de cédula.

Contrario a lo que muchos creen, Corferias no es el lugar de votación para las personas que no hayan logrado inscribir su cédula. En este puesto de votación únicamente pueden votar las personas que tengan inscrito su documento allí.

También pueden votar en Corferias las personas que tienen cédulas expedidas entre el 1 de enero de 1988 y el 7 de enero de 2003 y que nunca han inscrito su cédula en otro puesto de votación. Esta es la única excepción a la norma.

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