ECONOMÍA

Declaración de renta 2024: calendario y plazos para presentarla en lo que queda de agosto

Algunos contribuyentes que tengan establecidos los vencimientos entre el 12 y el 16 de agosto tendrán un plazo mayor para cumplir con sus responsabilidades.

Colprensa

A partir de este mes y hasta finales de octubre, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estará recibiendo las declaraciones de renta de personas naturales que deban cumplir con esta obligación fiscal según los movimientos financieros registrados durante el año pasado. Estos son los contribuyentes que deberán presentar el documento durante lo que resta de este mes:

FechaÚltimos dígitos de documento
20 de agosto11 y 12
21 de agosto13 y 14
22 de agosto15 y 16
23 de agosto17 y 18
26 de agosto19 y 20
27 de agosto21 y 22
28 de agosto23 y 24
29 de agosto25 y 26

¿Qué pasa si excedo la fecha establecida por la Dian?

De acuerdo con José Manuel Jaramillo, asociado en la firma Cuatrecasas, no presentar la declaración de renta supone una doble multa: “se deberá pagar una sanción por no declarar equivalente al mayor valor entre 20% del valor de las consignaciones bancarias o ingresos brutos de quien incumplió, y 20% de los ingresos brutos que figuren en la última declaración de renta presentada”, según explicó al diario La República.

Del mismo modo, presentar la declaración de renta por fuera de las fechas establecidas implica una sanción del 5% del impuesto a pagar. Esta suma, sin embargo, aumentará cada mes o fracción de mes en los que se genere el incumplimiento. Por lo tanto, los contribuyentes que incumplan los plazos fijados inicialmente deberán pagar el impuesto a cargo y los intereses moratorios asignados, sin que este monto supere el 100% del valor del impuesto. Para conocer los vencimientos de septiembre y octubre haga clic aquí.

Ahora bien, dada la congestión que ha tenido la página de la Dian, que recibe diariamente cerca de 120.000 declaraciones por día, la entidad señaló que durante los últimos días presentó una sobrecarga en sus servidores, por lo que las personas naturales o asimiladas, activos en el exterior, gasolina y ACPM y de retención en la fuente cuyos vencimientos sean entre el 12 y el 16 de agosto de este año, tendrán un plazo mayor.

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