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IMPUESTOS

Declaración de la renta sugerida: quién la puede hacer y cómo revisarla ante posibles errores

La declaración de renta sugerida es un mecanismo que busca facilitar el pago de impuestos. Conozca cómo obtenerla y diligenciarla.

Agosto 12 de 2014. Bogotá, Colombia. Los puntos de atención de la Dian para cumplir con el requisito de pago por impuesto de la renta.  (Colprensa - Mauricio Alvarado)
ColprensaMauricio Alvarado

De acuerdo con el calendario tributario de la DIAN, a partir del mes de agosto se empezarán a vencer los plazos para que las personas naturales puedan presentar su declaración de renta. En este documento se deben consignar todos los ingresos e ingresos para determinar cuánto se debe pagar en impuestos.

En los último días ha llegado al correo de muchas personas una ‘declaración de renta sugerida’. Esto ha despertado dudas y preocupación en las personas que lo recibieron. Recuerde que este llega únicamente a quienes deben declarar renta. Los montos a partir de los cuales se debe presentar este documento son los siguientes:

  • Patrimonio bruto a 31 de diciembre del año gravable 2020 mayor a $ 160.232.000
  • Ingresos totales durante el año gravable 2020 iguales o mayores a $49.850.000.
  • Consumos por medio de tarjeta de crédito durante el año 2020 mayores a $49.850.000.
  • Valor total de compras y consumos durante el año 2020 mayor a $49.850.000.
  • Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año 2020 mayor a $49.850.000.

¿Qué es la declaración de renta sugerida?

La declaración de renta sugerida es un mecanismo que ha diseñado la DIAN para facilitar el pago de los impuestos. Esta es enviada al correo de todas las personas que cumplan los requisitos para declarar renta. Esta viene con los siguientes datos diligenciados:

  • Patrimonio bruto

  • Deudas

  • De la cédula general:

a. Ingresos brutos por rentas de trabajo.

b. Ingresos brutos por rentas de capital.

c. Ingresos brutos rentas no laborales.

d. Ingresos no constitutivos de renta (rentas de trabajo, capital y no laborales).

e. Aportes voluntarios AFC, FVP y/o AVC (rentas de trabajo, capital y no laborales).

f.  Otras rentas exentas (rentas de trabajo).

  •  Cédula ingresos brutos por renta de pensiones del país y del exterior.
  • Cédula dividendos y participaciones.
  • Ingresos por ganancias ocasionales en el país y en el exterior.
  • Anticipo renta liquidado año anterior.
  • Saldo a favor del año gravable anterior.
  • Retenciones año gravable a declarar.

 

La DIAN recuerda que esta es una orientación general sobre lo que debería estar en la declaración de renta. Por esta razón es necesario que revise con detenimiento la información que sale consignada allí. Puede consultar si usted tiene una declaración sugerida, consultándolo con su número de NIT en el siguiente enlace.

¿Cómo corregir la información en la declaración de renta sugerida?

Usted puede editar manualmente toda la información que sale registrada allí. En el caso de que presente un error en los datos que que no son otorgados por la DIAN, debe acudir a la entidad que haya presentado el error para que se corrija la información.

Una vez verificada o editada la información, debe terminar de diligenciar los demás campos de la declaración en caso de que posea otras rentas que no se vean reflejadas en los valores sugeridos. Igualmente, debe ingresar la información de los campos para los cuales no hay valor sugerido o este aparece en cero, de acuerdo con su realidad jurídica, económica y financiera. Luego de esto, debes seguir el proceso habitual para presentar tu declaración y realizar el respectivo pago.