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ECONOMÍA

Declaración de la renta en Colombia: qué debo hacer para las deducciones de personas dependientes

Conozca bajo qué condiciones puede aplicar a las deducciones por dependencia tras los ajustes de la reforma tributaria.

Bogotá, 11 de agosto de 2014, 

Declaración renta
Practicante ColprensaColprensa

Esta semana, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio apertura al calendario tributario en el que las personas naturales deberán presentar su declaración de renta ante las autoridades financieras. La jornada, que se extenderá hasta octubre según los últimos dos dígitos de la cédula o del número de identificación tributaria (NIT) del contribuyente, tendrá algunos cambios a causa de la reforma tributaria presentada por el Gobierno Petro.

El articulado, que entró en vigencia desde el año pasado, provocó varias modificaciones al rendimiento de cuentas de los declarantes, principalmente en materia de topes de rentas exentas y deducciones. Tras los ajustes, ahora las personas podrán exigir deducciones por tener créditos de vivienda, medicina prepagada, realizar aportes a las cuentas de ahorro para el fomento de la construcción (AFC) o tener dependientes a cargo sólo si este monto no supera las 1.340 UVT, es decir, cerca de 63 millones de pesos.

¿Qué pasó con las deducciones para personas que tienes a otros bajo su cargo?

En términos generales, este ajuste establece que el pago de impuestos en las declaraciones será mayor, pues el tope sobre el que se aplicaban las deducciones fue reducido. Sin embargo, en el caso de las personas que tengan dependientes económicos bajo su cargo podrán acreditar hasta dos deducciones si perciben rentas de trabajo. Así quedarían las deducciones aprobadas por la reforma tributaria:

  • Primera deducción: 10% de los ingresos brutos hasta 32 UVT por mes, lo que para este año corresponde a 1,5 millones de pesos.
  • Segunda deducción: No afecta la retención en fuente y permite tomar hasta alrededor de 3,3 millones de pesos, es decir, 82 UVT.

¿Quiénes son personas dependientes?

Los contribuyentes con hijos menores de 18 años o con una edad entre 18 y 23 años, a quienes sus padres les estén financiando los estudios podrán aplicar a ambas deducciones. Del mismo modo lo podrán hacer las personas que tengan bajo su cargo a adultos dependientes por factores físicos o psicológicos una vez Medicina Legal lo dictamine.

Del mismo modo, se puede aplicar a la deducción por dependencia cuando el cónyuge, padre o hermano del contribuyente requiera del sostenimiento económico de su pareja por ausencia de recursos o cuando estos sean inferiores a 260 UVT.

“Cuando una persona tenga ingresos provenientes de una relación laboral y legal o reglamentaria se le permite aplicar ambas deducciones para un mismo dependiente. En otras palabras, puede acceder a ambos beneficios simultáneamente por un solo dependiente económico”, explicó Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario de la firma Godoy Córdoba al diario El Tiempo.

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