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Declaración de la renta

Declaración de la renta: ¿a partir del cuánto se aplicará la retención en la fuente en 2023 y cómo evitarlo?

No es época de presentar la declaración de renta ante la DIAN, pero ya se puede saber si le cobrarán o no en el 2023 la retención en la fuente.

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Declaración de Renta en Colombia 2020-21. Conozca los plazos definidos y cuáles son las formas que existen para presentar la declaración ante la DIAN.
Mauricio AlvaradoCOLPRENSA

A pesar de no ser una época de presentar la declaración de renta ante la DIAN para los ciudadanos, ya se puede saber si le cobrarán o no en el 2023 la retención en la fuente, esta se puede tomar como un anticipo a las obligaciones tributarias de los contribuyentes. Según la DIAN, quienes están obligados a realizar la declaración mensual de retención en la fuente son las personas naturales o jurídicas autorizadas por la ley y clasificadas como agentes de retención. Entre ellos se destacan, por ejemplo, entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, sucesiones ilíquidas, entre otros.

También son agentes de retención los empleadores y las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes. Estos tienen las obligaciones de efectuar la retención, declarar la retención en la fuente, consignar lo retenido, expedir los certificados correspondientes y conservar los soportes.

¿A partir del cuánto se aplicará la retención en la fuente en 2023?

Para saber si se cobrará o no en el 2023 la retención en la fuente, se tiene en cuenta que la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para los ingresos medios entre el 1 de octubre de 2021 y el 1 de octubre de 2022 fue de 11,60% , a partir de esto se puede establecer que la Unidad de Valor Tributario (UVT) que regirá para el 2023 pasará de la actual 38.004 pesos a 42.412 pesos, es decir, el ajuste será de 4.408 pesos.

Según la cuenta ya explicada, se aplicará a partir de una base gravable de 4′029.166 pesos y un sueldo mensual de 5′903.540, en el caso de un empleado que no tiene descuentos adicionales más allá de los de salud, pensión y ARL. Igualmente según el artículo 383 del Estatuto Tributario, la retención en la fuente para los ingresos laborales parte de una base gravable equivalente o mayor a 95 UVT, es decir, a 4′029.140 pesos, y como ya se mencionó para el año 2023 la UVT es de 42.412 pesos.