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¿De cuánto es la multa por conducir bajo los efectos del acohol en Colombia? Esto dice la ley

Manejar bajo los efectos del alcohol puede costar más de $30 millones, la suspensión de la licencia hasta por 10 años y la inmovilización del vehículo.

Colaboradora de As Colombia
Comunicadora social y periodista con 10 años de experiencia en medios de comunicación. Comentarista de diferentes disciplinas, amante de los deportes y enfocada en el deporte practicado por mujeres. Fanática del deporte olímpico y paralímpico.
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Conducir bajo los efectos del alcohol en Colombia no solo es una infracción grave de tránsito, sino una conducta con sanciones económicas y administrativas severas. La normativa vigente establece multas que pueden superar los $30 millones, además de la suspensión o cancelación de la licencia y la inmovilización del vehículo, dependiendo del nivel de alcoholemia y si existe reincidencia.

La regulación está contenida principalmente en el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) y sus modificaciones, especialmente la Ley 1696 de 2013, que endureció las sanciones y eliminó beneficios para quienes conducen bajo el influjo del alcohol.

La alcoholemia se mide en miligramos de etanol por cada 100 mililitros de sangre y se clasifica en distintos grados. Esta medición es clave, ya que cada nivel tiene consecuencias específicas en términos de multa, suspensión de licencia e inmovilización del vehículo.

Conducir bajo los efectos del alcohol en Colombia puede acarrear multas millonarias, suspensión de la licencia y la inmovilización inmediata del vehículo, según el grado de alcoholemia.

Multas y sanciones según el grado de alcoholemia

Las multas se calculan en Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV). Con el salario mínimo actual, los valores pueden traducirse a montos millonarios en pesos.

Estas son las sanciones para una primera infracción:

  1. Grado 0 (20 a 39 mg de alcohol)
    1. Multa: 90 SMDLV
    2. Suspensión de la licencia: 1 año
    3. Inmovilización del vehículo: 1 día hábil
  2. Primer grado (40 a 99 mg)
    1. Multa: 180 SMDLV
    2. Suspensión de la licencia: 3 años
    3. Inmovilización del vehículo: 3 días hábiles
  3. Segundo grado (100 a 149 mg)
    1. Multa: 360 SMDLV
    2. Suspensión de la licencia: 5 años
    3. Inmovilización del vehículo: 6 días hábiles
  4. Tercer grado (150 mg o más)
    1. Multa: 720 SMDLV
    2. Suspensión de la licencia: 10 años
    3. Inmovilización del vehículo: 10 días hábiles

En el caso más grave, la sanción económica puede superar los $34 millones, sin contar otros costos asociados. De paso, las multas económicas podrían aumentar de forma considerable cuando hay reincidencia. En estos casos, la ley contempla:

  • Multas que pueden llegar hasta 1.440 SMDLV.
  • Cancelación definitiva de la licencia de conducción.
  • Inmovilización prolongada del vehículo.

Además, negarse a realizar la prueba de alcoholemia se condena como la falta más grave, con multa máxima y cancelación de la licencia, sin importar si el conductor estaba o no bajo los efectos del alcohol.

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