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Cómo saber si me sale a pagar la declaración de la renta este año: cambios y qué debes saber

A partir del 12 de agosto hasta el 24 de octubre se podrá efectuar el pago de la declaración de renta para las personas naturales.

Agosto 12 de 2014. Bogotá, Colombia. Los puntos de atención de la Dian para cumplir con el requisito de pago por impuesto de la renta.  (Colprensa - Mauricio Alvarado)
ColprensaMauricio Alvarado

La declaración de renta es una obligación que todos los contribuyentes deben prepararse después de mitad de año, especialmente en los meses agosto, septiembre y octubre, pero para poder cumplir con esta obligación financiera, se realiza por los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT), según el calendario tributario.

Para aquellos contribuyentes que no efectúen el pago el día en el que le corresponde declarar renta, puede ser sancionado económicamente al no pagar el día que a su NIT le corresponda. Esta multa no podrá ser inferior a los $471 mil pesos para este 2024. Según la DIAN, aquellos colombianos que cumplan con los topes en diferentes aspectos deben declarar renta.

Aquellos colombianos que por primera vez les corresponde declarar renta deben tener en cuenta que la DIAN es quien analiza el perfil y define si hay que pagar un impuesto o no. Sin embargo, la acción de la declaración de renta es informarle a la autoridad tributaria lo que sucedió con las finanzas el año anterior. En ese estado incluyen los bienes, las deudas y gastos.

“En muchas ocasiones, el impuesto puede ser cero. Declarar es cumplir con el requisito, pero no quiere decir que si usted tiene que declarar, está necesariamente obligado a pagar”, explicó la contadora Luz Elena López, para El Tiempo.

¿Qué debo hacer si me toca declarar renta por primera vez en 2024?

Para los ciudadanos que tienen dudas sobre si le corresponde o no declarar renta, debe tener en cuenta que no debe esperar a recibir un correo de la DIAN donde le informe que tiene una declaración sugerida. En cambio, debe revisar si está obligado a cumplir con esta responsabilidad financiera.

Pero también es importante que conozca los topes establecidos por la DIAN para que pueda realizar las cuentas necesarias.

¿Cómo saber si declarar o no renta?

  • Patrimonio Bruto: Si al 31 de diciembre del 2023 tiene un patrimonio bruto superior de $190.0854.000 pesos.
  • Ingresos Brutos: Durante el año 2023 los ingresos totales fueron iguales o superiores a $59.376.800 pesos.
  • Consumos con tarjeta de crédito: Si los consumos en el 2023 fueron superiores a $59.376.800 pesos.
  • Consignaciones bancarias: si en el 2023 la consignaciones fueron superiores a $59.376.800 pesos.

Cabe resaltar que primero los ciudadanos deben estar inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) y en el portal de la DIAN. Para eso podrá consultar aquí si tiene RUT. De no tener el documento, podrá inscribirse en la página Muisca de la DIAN y seguir los pasos que le va indicando el portal.

“Lo más importante son RUT y acceso a Muisca. Hay muchos contribuyentes que llegan el último día de vencimiento de la declaración y ni siquiera tienen RUT. Ahí se podría complicar todo”, indicó Karolina Carreño para el medio anteriormente nombrado.

Al momento de presentar la declaración, debe tener en cuenta que la plataforma brinda dos opciones. La primera “usuario no experto”, la segunda “usuario experto”. Dependiendo de la que el usuario escoja saldrán determinadas preguntas para determinar los activos, pasivos, ingresos y costos.

Además, contadores expertos aseguran que si es su primera vez, puede buscar ayuda de un contador para que lo pueda guiar con los diferentes requisitos. También evitará no cometer errores, ni evadir información o incluir información falsa que pueda traer consigo sanciones.

¿Cómo acceder a las deducciones en la declaración de renta 2024?

Los colombianos a los que les corresponde declarar renta tienen la posibilidad de acceder a las deducciones siempre y cuando cumplan con los requisitos de la DIAN. Entre estas deducciones se encuentran el pago por intereses de vivienda, pagos por medicina prepagada, compras por facturas electrónicas, entre otros.

“Tenemos derecho a deducir el 1 % de todas las compras que hicimos en el 2023, pero que cumplan con tres condiciones: estar soportada con factura electrónica a su nombre, haber sido pagada por medios electrónicos, por transferencia, tarjeta de crédito, no en efectivo, y la tercera es que no se esté tomando ese gasto como costo o deducción dentro de la misma declaración de renta”, informó Luz Elena López para El Tiempo.

¿Como acceder a las deducciones?

  • Certificado de pagos de intereses por préstamo para adquisición de vivienda.
  • Certificados por pagos de salud obligatorio y medicina prepagada.
  • Relación de personas que dependen economicamente de usted.
  • Certificados de pagos de seguridad social de los empleados. 
  • Certificado de los costos y gastos anuales entregados por la entidad financiera.

Fechas de pago de la declaración de renta 2024

Desde el 12 de agosto los colombianos podrán empezar a realizar el pago de la declaración de renta, así lo anunció la DIAN por medio del calendario tributario. Es importante recordar que esta obligación financiera se efectuará por medio de los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

  • 12 de agosto: 1 y 2
  • 13 de agosto: 3 y 4
  • 14 de agosto: 5 y 6
  • 15 de agosto: 7 y 8
  • 16 de agosto: 9 y 10
  • 20 de agosto: 11 y 12
  • 21 de agosto: 13 y 14
  • 22 de agosto: 15 y 16
  • 23 de agosto: 17 y 18
  • 26 de agosto: 19 y 20
  • 27 de agosto: 21 y 22
  • 28 de agosto: 23 y 24
  • 29 de agosto: 25 y 26
  • 2 de septiembre: 27 y 28
  • 3 de septiembre: 29 y 30
  • 4 de septiembre: 31 y 32
  • 5 de septiembre: 33 y 34
  • 6 de septiembre: 35 y 36
  • 9 de septiembre: 37 y 38
  • 10 de septiembre: 39 y 40
  • 11 de septiembre: 41 y 42
  • 12 de septiembre: 43 y 44
  • 13 de septiembre: 45 y 46
  • 16 de septiembre: 47 y 48
  • 17 de septiembre: 49 y 50
  • 18 de septiembre: 51 y 52
  • 19 de septiembre: 53 y 54
  • 20 de septiembre: 55 y 56
  • 23 de septiembre: 57 y 58
  • 24 de septiembre: 59 y 60
  • 25 de septiembre: 61 y 62
  • 26 de septiembre: 63 y 64
  • 27 de septiembre: 65 y 66
  • 1 de octubre: 67 y 68
  • 2 de octubre: 69 y 70
  • 3 de cotubre: 71 y 72
  • 4 de octubre: 73 y 74
  • 7 de octubre: 75 y 76
  • 8 de octubre: 77 y 78
  • 9 de octubre: 79 y 80
  • 10 de octubre: 81 y 82
  • 11 de octubre: 83 y 84
  • 15 de octubre: 85 y 86
  • 16 de octubre: 87 y 88
  • 17 de octubre: 89 y 90
  • 18 de octubre: 91 y 92
  • 21 de octubre: 93 y 94 
  • 22 de octubre: 95 y 96
  • 23 de octubre: 97 y 98
  • 24 de octubre: 99 y 00

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