MOVILIDAD

Cómo interpretar esta señal de tránsito por la que están imponiendo una cantidad importante de multas en Colombia

Una señal reglamentaria poco conocida está sorprendiendo a los conductores en Colombia con multas que superan los $600.000. La diferencia entre detenerse y parquear podría costarle caro.

Álvaro Tavera
Comunicadora social y periodista con 10 años de experiencia en medios de comunicación. Comentarista de diferentes disciplinas, amante de los deportes y enfocada en el deporte practicado por mujeres. Fanática del deporte olímpico y paralímpico.
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En varias ciudades de Colombia los conductores están recibiendo multas por interpretar erróneamente una señal de tránsito visualmente muy similar a otra, pero con significados legales diferentes.

Si bien se tiene claro que hay multas por conducir con luces del vehículo dañadas o por parquear vehículos en zonas de las ciudades que afecten a la movilidad, ahora también quienes manejen deberán ser precavidos y conocer, de primera mano, la diferencia entre las señales SR28 y SR28A.

La señal SR‑28 (una “P” tachada con una línea diagonal) indica “prohibido parquear”, mientras que la SR‑28A (una “P” tachada con dos líneas formando una “X”) significa “prohibido parquear o detenerse

Según el Manual de Señalización Vial del Ministerio de Transporte (actualizado en 2024), la señal SR‑28 aplica cuando el conductor baja del vehículo y lo apaga. La SR‑28A, por el contrario, prohíbe incluso la detención momentánea dentro del vehículo, con el motor encendido, bajo cualquier circunstancia.

Las señales de tráfico SR28 y SR28A desempeñan un papel crucial en la regulación del estacionamiento y la detención de vehículos en áreas específicas.

¿Por qué se dispararon las multas por estas señales?

Muchos agentes de tránsito y sistemas de fotodetección han aplicado estas multas automáticamente sin distinguir si la señal era SR‑28 o SR‑28A. Eso ha generado sorpresa entre conductores, especialmente aquellos que permanecieron en el vehículo creyendo que podían detenerse sin infringir la norma.

Milton Gaviria, especialista en tránsito, explicó en entrevista con Red+ Noticias que “sólo se considera mal parqueo cuando el conductor apaga el vehículo y desciende del mismo. Si permanece dentro con el motor encendido, se considera una detención”, lo cual está prohibido con la señal SR‑28A, pero permitido bajo SR‑28.

La multa por no respetar estas señales corresponde al comparendo A05 o C02, que equivale a aproximadamente 15 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), es decir, unos $650.000 COP para el año 2025. Además, hay posibilidad de inmovilización, especialmente si el conductor no está presente para retirar el vehículo.

El Ministerio de Transporte también ha sido enfático en que los comparendos sólo son válidos en zonas debidamente señalizadas, según lo establece la Ley 769 de 2002 y su reforma (Ley 2252). En ausencia de señalización clara, la sanción no tiene validez legal.

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