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REFORMA PENSIONAL

Colpensiones: Las 4 opciones de ACCAI para afiliarme si supero los 2.3 salarios mínimos de sueldo

En AS Colombia les contamos cuáles son las opciones para que los trabajadores elijan su entidad de ahorro.

Usted podrá jubilarse con anticipación si cumple con varios requisitos. Foto: Sofía Toscano - Colprensa.
Sofía ToscanoColprensa

Con la nueva reforma pensional que empezó a regir en Colombia y que fue aprobada en julio de 2024 por el Congreso de la República, el sistema quedó dividido en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y voluntario. Será en el pilar contributivo en el que los colombianos que cotizan pensión hagan su aporte mes a mes.

Como está estipulado dentro de la nueva normativa, los trabajadores, dependientes o independientes, que ganen más de 2.3 salarios mínimos legales vigentes, deberán elegir una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual con plazo hasta el próximo jueves 16 de enero, día en el que deberán escoger una entre cuatro opciones de Accai.

¿Qué opciones de Accai tienen los colombianos?

De acuerdo con un comunicado de la Superintendencia Financiera, las Accai “son entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que, conforme con la ley y el procedimiento establecido por esta Superintendencia, cuentan con la autorización para desarrollar la actividad de administración del componente complementario de ahorro individual del Pilar Contributivo”.

Dentro de las opciones que los colombianos que sumen la cifra de $3.274.050 pesos colombianos ganados al mees (para 2025) y tengan que escoger su Accai, hay cuatro entidades que pueden elegir:

Sin embargo, si usted ya cotizaba en una AFP, de acuerdo con Colpensiones, no tiene de qué preocuparse, pues “esa administradora será su Accai, por lo que no es necesario que haga un trámite adicional. Sin embargo, puede cambiar la Accai después de 6 meses si así lo decide”.

De acuerdo con la normativa, son dos grupos de personas los que deben escoger un fondo privado de pensiones en Colombia antes del 16 de enero:

  • Afiliados que al 30 de junio de 2025 cuenten con menos de 750 semanas cotizadas (mujeres) y 900 semanas (hombres) y ganen más de 2.3 SMMLV.
  • Trabajadores que inicien su cotización en el sistema pensional a partir del 1 de julio de 2025 y ganen más de 2.3 SMMLV.

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