SEGURIDAD

Buenas noticias para los vigilantes: ley en Colombia obliga a pagarles este beneficio

La Ley de Vigilante exige este seguro que les cubrirá dentro y fuera de turno. Conozca de cuál se trata y cómo funciona.

Bogotá. 13 Junio 2016. Guardia de seguridad privada. (Colprensa - Juan Páez).
Juan Páez
Paula Fresneda
Comunicadora social y periodista con 10 años de experiencia en medios de comunicación. Comentarista de diferentes disciplinas, amante de los deportes y enfocada en el deporte practicado por mujeres. Fanática del deporte olímpico y paralímpico.
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En Colombia, cerca de 400.000 vigilantes trabajan diariamente en edificios, conjuntos residenciales, locales comerciales, hospitales y entidades públicas. Su labor garantiza la seguridad de millones de ciudadanos, pero durante años enfrentaron condiciones precarias en materia de protección y beneficios.

Sin embargo, gracias a la Ley 1920 de 2018, conocida como la Ley del Vigilante, obliga a cada empresa o cooperativa de vigilancia a contratar un seguro de vida colectivo que cubra a los trabajadores las 24 horas del día, independientemente de la jornada laboral. Es decir, la protección aplica tanto dentro como fuera del turno.

Un beneficio obligatorio y no negociable

Uno de los cambios más importantes es que los conjuntos residenciales y copropietarios ya no deben asumir ese gasto, como solía ocurrir en algunos contratos. La responsabilidad recae únicamente en la empresa prestadora del servicio, lo que evita cobros indebidos y posibles aumentos injustificados en las cuotas de administración.

Buenas noticias para los vigilantes: ley en Colombia obliga a pagarles este beneficio
Bogotá. 13 Junio 2016. Guardia de seguridad privada. (Colprensa - Juan Páez).Juan Páez

Así lo reza el artículo 5° de la Ley del Vigilante: “Cada empresa, cooperativa especializada, departamento de seguridad y vigilancia privada contratará anualmente un seguro de vida colectivo que ampare al personal operativo de su respectiva organización”.

Además, la norma trae un mensaje claro para el sector: el incumplimiento puede derivar en sanciones, multas e incluso la pérdida de la licencia de funcionamiento por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Con ello, se busca garantizar que el beneficio realmente se cumpla y no quede en el papel.

El seguro de vida cubre situaciones como fallecimiento, incapacidad total o permanente y, en algunos casos, gastos funerarios. Para los vigilantes y sus familias, esto representa una protección económica relevante en caso de emergencias o tragedias laborales o personales.

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Por su parte, las empresas de vigilancia deben incorporar el costo del seguro como un gasto directo dentro de sus tarifas, lo que también obliga a revisar los modelos de contratación para evitar prácticas que perjudiquen o precaricen la labor del vigilante.

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