ECONOMÍA

Así será el pago de la prima de mitad de año: cuánto dinero le consignan y las fechas clave

En este artículo le contamos la fórmula que debe aplicar para calcular el monto total que debe recibir durante el próximo mes como pago de la prima de junio.

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Colprensa
Carolina Morales
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

Durante junio y diciembre, las empresas que operan en el país están obligadas a suministrar a sus trabajadores dependientes una prestación social equivalente a la mitad del salario devengado durante un mes. La primera mitad, según el Código Sustantivo del Trabajo, debe ser proporcionada a más tardar el 30 de junio, mientras que la otra parte debe ser entregada en los primeros 20 días de diciembre.

De acuerdo con la normativa colombiana, “se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”.

¿Cómo puedo calcular el valor de este beneficio?

Dado que el valor de la prima equivale al 50% del salario más el monto correspondiente al auxilio de transporte, para este año los trabajadores colombianos que devenguen un salario mínimo deberán recibir una suma de $812.875, en caso de haber laborado los 180 días del primer semestre del año.

Para calcular el monto que debe recibir por parte de su empleador usted debe multiplicar su salario por el periodo laborado, que en caso de corresponder al primer semestre del año en su totalidad equivale a 180 días. Este valor, sin embargo, deberá ser dividido por los 360 días del año y, el resultado, será la suma asignada a su prima de junio: (salario x 180 días) / 360 = prima.

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Según el Ministerio de Trabajo, “el no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la indemnización moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de retraso en el pago”.

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