Adiós a las vacaciones acumuladas: estos son los casos en los que serán eliminadas por ley en Colombia
La legislación colombiana dice las vacaciones sí pueden aplazarse, pero de acumular más del tiempo permitido, pueden perderse. Conozca de qué se trata.


Miles de trabajadores en el país desconocen que los días de vacaciones no pueden acumularse indefinidamente y que, bajo ciertas condiciones, este tiempo podría perderse por completo. Aunque la idea de guardar semanas enteras de descanso suena tentadora, la legislación laboral establece límites estrictos para evitar acumulaciones excesivas.
El Código Sustantivo del Trabajo determina que “todo empleado con un año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones”, pero también señala que al menos “seis días deben disfrutarse de manera obligatoria y continua cada año”. Esos seis días no se pueden aplazar ni negociar, lo que significa que el descanso no puede ser reemplazado totalmente por compensación económica.
Límites de acumulación y cuándo se pierden los días
A partir de los seis días obligatorios, la ley permite que el resto se acumule, pero sólo hasta dos periodos consecutivos, es decir, un máximo de dos años. Si el trabajador no toma las vacaciones acumuladas dentro del tiempo permitido, entra a operar la prescripción del derecho.

Esto significa que, después de cuatro años de haberse causado el derecho y si no hubo un aplazamiento válido, el empleado puede perder tanto el descanso como la posibilidad de recibir compensación económica por esos días. En términos simples: si no se reclaman ni se usan a tiempo, esos días desaparecen.
La ley también aclara que, aunque es posible aplazar las vacaciones mediante acuerdos formales, dicho aplazamiento tiene techo: únicamente se pueden posponer los días correspondientes a dos años de servicio. Pasado este periodo, ya no hay manera legal de seguir acumulando sin riesgo de perderlos.
Noticias relacionadas
Otro punto clave tiene que ver con la compensación económica. Aunque muchos empleados creen que pueden pedir que les paguen las vacaciones no tomadas, la normativa permite compensar sólo hasta la mitad del periodo y únicamente si existe acuerdo con el empleador.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí
Rellene su nombre y apellidos para comentar