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Adiós a la RTM: este será el documento que lo reemplace para evitar multas

Esto es todo lo que debe saber sobre la imposición de comparendos por transitar con la revisión tecnomecánica vencida en el país.

Así se encuentra la Autopista Sur.
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Carolina Morales
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

Recientemente, el Ministerio de Transporte emitió una directriz que limita a los agentes de tránsito que operan en el país, pues modifica la forma en que se imponen los comparendos en el territorio nacional. Esta decisión, que tiene implicaciones para quienes circulan en los corredores viales sin la tecnomecánica al día, ha generado controversia en las redes sociales.

En Colombia, la revisión técnico-mecánica, también conocida como (RTM), es un procedimiento obligatorio en el que todo tipo de vehículo, desde automóviles hasta motocicletas, son evaluados en materia de seguridad mecánica, estructura y emisiones contaminantes.

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, este documento debe estar vigente para transitar por las vías públicas, por lo que no contar con este requisito actualizado supone una multa de hasta 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que para este año equivale a un monto de $875.452.

Adiós a la RTM: este será el documento que lo reemplace para evitar multas
Bogotá. Enero 6 de 2023. Plan éxodo y Plan Retorno del primer puente festivo del año. (Colprensa - Camila Díaz)Camila Díaz

¿En qué casos no me pueden multar por no tener la RTM al día?

Pese a los lineamientos establecidos por el Código Nacional de Tránsito, en los últimos días el Ministerio de Transporte aclaró que no basta con que el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) muestre que un vehículo tiene la revisión tecnomecánica vencida para imponer una multa.

Es decir, ahora las autoridades deben demostrar que el vehículo estaba en circulación en una vía pública para que la sanción por no poseer la revisión tecnomecánica sea válida y los infractores sean obligados a asumir las sanciones, entre las que además del comparendo, se incluye la inmovilización del automotor por parte de las autoridades.

"La legislación vigente no habilita la imposición de sanciones por el solo hecho de que un vehículo se encuentre registrado en el Runt sin revisión técnico-mecánica al día, si no se acredita que el automotor se encontraba en tránsito al momento de cometer la infracción, por lo que no puede darse curso a una actuación administrativa e imponer sanciones exclusivamente a través de la información contenida en la mencionada plataforma, sin necesidad del presupuesto fáctico de la circulación", expone la normativa nacional.

Esto significa que un agente de tránsito no puede imponer un comparendo basándose únicamente la base de bases de datos del Runt sin antes comprobar la circulación del vehículo en los corredores viales del país. Para facilitar la imposición de este tipo de infracciones, el Ministerio de Transporte señaló que se puede verificar la infracción a través de registros como imágenes con sello de tiempo, lecturas de dispositivos que indiquen movimiento o grabaciones de cámaras de control.

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De acuerdo con el Ministerio de Transporte, esta delimitación tiene el objetivo de proteger a los conductores que han sido multados de manera automática tras el cruce de datos de registros de tránsito sin la verificación previa del estado del vehículo por parte de las autoridades de tránsito. Este lineamiento, sin embargo, no elimina la obligación de tener la revisión técnico-mecánica vigente ni exonera de responsabilidad a los conductores que transitan con documentos vencidos.

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