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Fútbol Colombiano

Comisión Disciplinaria de Dimayor niega reposición a sanción de Millonarios

A Millonarios le fue rechazado el recurso de reposición a la sanción de cuatro fechas a puerta cerrada y $17’925.804 pesos, ahora presentará el recurso de apelación.

Actualizado a
Millonarios F.C.
Diego Pineda

Los argumentos presentados por el representante legal de Millonarios Enrique Camacho como presidente de la Institución, para la reposición a la sanción de la resolución No.032 del 11 de agosto de 2016 en la que se sancionó al club con diecisiete millones novecientos veinticinco mil ochocientos cuatro pesos ($17.925.804,oo) de multa; la pérdida del partido por retirada o renuncia por un factor del cual es responsable el club local, que ocasionó la terminación anticipada del partido por disposición del árbitro; y suspensión de la plaza por cuatro (4) fechas los cuáles deben disputarse a puerta cerrada en condición de local en el estadio Nemesio Camacho El Campín, o donde el club haga las veces de local, por conducta impropia de los espectadores consistente en invasión al terreno de juego en el partido disputado el pasado 10 de agosto entre Millonarios y Bucaramanga, no fueron aceptados y por el contrario la comisión Disciplinaria confirma la decisión inicial en todos sus puntos.

El recurso presentado argumentó:

1. Que la Ley 1270 de 2009 y el Decreto 1007 de 2012 imponen obligaciones “(…) a todos los actores que intervienen en la organización de los espectáculos futbolísticos y otorgan las herramientas necesarias para que se tenga un verdadero control y seguridad en el desarrollo de éstos (…)”. En este orden de ideas, argumenta que el CDU de la FCF “(…) que se fundamenta en dichas leyes, supone que esas obligaciones se han cumplido por parte de los diferentes actores (…)”.

2. Que en las normas referidas se hace explicita referencia a la obligación de carnetización y registro, protocolos de identificación en el acceso y exclusión de los aficionados a los estadios, aspectos de seguridad, a cargo de la policía, las autoridades distritales y municipales, obligaciones cuyo incumplimiento no se le puede reprochar al club.

3. Que dichas circunstancias no le permiten al club Millonarios ejercer un verdadero control de los escenarios deportivos y no le permiten garantizar el cumplimiento de los estándares de seguridad en el escenario deportivo, situación ésta que debe interpretarse como atenuante a favor del club sancionado al momento de revisar la decisión.

4. Que los hechos ocurridos el 10 de agosto de 2016 constituyen una fuerza mayor eximente de responsabilidad.

5. Que la sanción impuesta constituye una violación del principio de proporcionalidad de las sanciones ya que cuatro (4) fechas de suspensión equivale al cuarenta (40%) de los partidos que disputa como local en la Liga Águila II 2016. En este orden de ideas, la desproporcionalidad de la sanción también se refleja lesiva desde el punto de vista económico de toda forma que el club se ve obligado a devolver a sus abonados las sumas de dinero recibidas por el club por dicho concepto.

6. Que el Distrito decidió sancionar al club con dos (2) fechas adicionales extendiendo la decisión adoptada por el Comité Disciplinario, en plena violación del principio según el cual el investigado “(…) tiene derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho (…)”. (Cabe anotar que ya el Distrito no sancionará al equipo).

La respuesta a esos argumentos fue: En este orden de ideas, el Comité considera que en condiciones de normalidad, aunque indeseable, la conducta impropia de los espectadores en un recinto deportivo es previsible y controlable, motivo que de plano desecha cualquier otro análisis respecto de la posibilidad de configurar la fuerza mayor como causal eximente de responsabilidad en el presente caso. Por último, el Comité ratifica lo expuesto en la Resolución No. 032 en cuanto a que la invasión del terreno de juego, la violencia sobre las personas y las cosas y el lanzamiento de objetos, que generaron la terminación anticipada del encuentro futbolístico fueron de tal gravedad que hacen pertinentes y proporcionales las sanciones impuestas.

A Millonarios le queda ahora la posibilidad del recurso de apelación ante la Comisión Disciplinaria de la Dimayor, del cual hará uso.