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FESTIVOS

Jueves de la Ascensión en Colombia: quiénes no tienen feriado y cuánto cobrarán por trabajar en festivo

Este jueves se celebra el día de la Ascensión, pero el festivo será el próximo lunes 30 de mayo, sin embargo, muchas personas tendrán que trabajar.

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Familia con maletas en el aeropuerto para viajar
Colprensa

En el calendario de festivos el siguiente que disfrutarán los colombianos será el día de la Ascensión que será este jueves 26 de mayo. en este día, según la tradición cristiana, se conmemora la ascensión de Jesucristo al cielo en presencia de sus discípulos tras anunciarles la llegada del Espíritu Santo.

Como es costumbre, en los días festivos la mayoría de la población tiene día de descanso, en este caso será el lunes 30 de mayo, siendo puente festivo el fin de semana del 28 al 30 del mismo mes. Esto se debe a la Ley Emiliano (ley 51 del 22 de diciembre de 1983) que establece que los días feriados se muevan para el lunes de la semana siguiente.

¿Quiénes no tienen feriado y cuánto se cobra por trabajar en festivo?

No todas las empresas ni lugares de trabajo como restaurantes, droguerías y hospitales pueden tomar el día de descanso, es por eso que hay muchas personas que no pueden tener el día festivo. Sin embargo. en el ámbito laboral, trabajar los días festivos debe ser remunerado en tiempo y dinero.

Según el Código Sustantivo del Trabajo en el artículo 179, los empleadores tienen la obligación de pagar un 75 por ciento extra por los días festivos laborados. “El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas”.

¿Cuánto se debe pagar a quienes trabajan en festivo?

El código laboral indica que el empleado puede calcular el pago de esta forma: la suma del 0.75 por cada hora trabajada en los días festivos. Si la jornada laboral tiene ocho horas y el trabajador se gana un salario mínimo, por un día de trabajo cobra 33.333 pesos, lo que por hora serían 4.166 pesos.

A esta suma se le multiplica el 0.75 para saber el monto adicional que le corresponde según las horas y su salario. A ese total se suma el valor de la hora, es decir 4.166 más 3.124 y el resultado se multiplica por las ocho horas trabajadas y así se obtiene el valor que el trabajador debe ganar en el festivo.