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MOVILIDAD

Impuesto vehicular: ¿cuál es la multa por no pagarlo y en qué casos estás exento?

En Bogotá, el plazo máximo para pagar el tributo ya venció. En el departamento del Meta, sin embargo, la fecha límite se cumple el próximo jueves 31 de agosto.

Actualizado a
Plazos para el pago del impuesto de vehículos en Bogotá.
Colprensa | Álvaro Tavera

En Colombia, los propietarios de vehículos automotores nuevos, usados y que circulen temporalmente por el país deben asumir anualmente el pago de un impuesto que podría corresponder al 1,5%; 2,5% o 3,5% del valor comercial del automóvil, dependiendo del tipo de vehículo y de su precio en el mercado. En Bogotá y Cundinamarca, sin embargo, la fecha límite de pago del impuesto vehicular venció el pasado 28 de julio.

El recaudo del impuesto vehicular es una fuente de ingresos para las autoridades locales, por lo que el precio del tributo que debe suministrar cada vehículo depende de la región del país en la que esté registrado. Este dinero, por lo tanto, es empleado para financiar obras y proyectos de infraestructura vial, mantenimiento de vías, y otros gastos en materia de movilidad.

Las personas que evadan el pago del impuesto vehicular, de hecho, deberán asumir una sanción por extemporaneidad del 1,5% por mes o fracción de mes de retraso sobre el valor del impuesto del vehículo sumado a la sanción mínima aplicable, que, para este año, equivale a siete Unidades de Valor Tribututario (UVT), es decir, 297 mil pesos.

¿Cuáles son los vehículos exentos del pago del impuesto vehicular?

De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, los automotores de uso público, como buses, taxis y colectivos están exentos del pago del impuesto vehicular, así como los vehículos de uso oficial pertenecientes a las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y la administración pública. Con esta exceptuación, las autoridades buscan fortalecer los servicios de transporte público y las instituciones gubernamentales.

Adicionalmente, están exentos del impuesto vehicular los automotores adquiridos por personas con discapacidad, las motos con un cilindraje hasta 125 centímetros cúbicos, las bicicletas, los vehículos con más de 30 años de antigüedad, los automotores empleados para actividades agrícolas o ganaderas y los vehículos utilizados para el transporte de pasajeros o carga en zonas rurales.