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MOVILIDAD

Día sin Carro y sin Moto en Bogotá: cuándo es la nueva fecha, restricciones y quiénes pueden circular

Las autoridades cambiaron la fecha de aplicación de la medida que inicialmente se llevaría a cabo el viernes 22 de septiembre. Hay al menos 18 tipos de vehículos que podrían transitar.

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Vías con pico y placa en Bogotá durante hoy, lunes 10 de enero festivo. Conozca cuáles son los corredores que tendrán la restricción vehicular.
COLPRENSA

El próximo jueves 21 de septiembre, la Secretaría de Movilidad de Bogotá adelantará el día sin carro y sin moto, desde las 5:00 de la mañana y hasta las 9:00 de la noche en la capital del país. Con esta medida, la entidad busca promover la reducción de la contaminación ambiental y auditiva producida por los vehículos de motor de combustión interna, así como incentivar el uso de otros medios de transporte sostenibles.

Por lo tanto, los carros y motos particulares, los vehículos híbridos o dedicados a gas, los vehículos de carga con restricciones, los taxis con placas terminadas en 9 y 0, los vehículos con permiso de pico y placa solidario, los vehículos blindados que no pertenecen a la Unidad Nacional de Protección y los medios de transporte empleados por medios de comunicación con placa amarilla no podrán circular por la ciudad. Por el contrario, estos son los automotores que sí tienen paso permitido:

  • Vehículos de transporte público. 
  • Vehículos empleados para el transaporte de personas con discapacidad. 
  • Vehículos o motocicletas eléctricas o cero emisiones. 
  • Rutas escolares.
  • Motocicletas empleadas por los sistemas de vigilancia y seguridad privada
  • Vehículos de emergencia. 
  • Vehículos que tengan capacidad de más de 10 personas. 
  • Servicio públicos domiciliarios. 
  • Motocicletas de empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos de comercio encargadas de prestar servicios de mensajería o domicilios.
  • Transporte de valores.
  • Carrozas fúnebres.
  • Vehículos empleados para el control de tráfico.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos de las fuerzas militares, de los Organismos de Seguridad del Estado y del CTI seccional Bogotá.
  • Vehículos del servicio diplomático o consular. 
  • Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.
  • Vehículos utilizados para el control operacional y mantenimiento del Sistema Integral de Transporte Público. 
  • Vehículos con control de emisiones. 

¿Cuál es la multa por incumplir las restricciones de movilidad?

Para evitar una deuda de $522.900, equivalente a la sanción por incumplir las medidas implementadas en el día sin carro y sin moto en Bogotá, en la que se añadirán los gastos producidos por la inmovilización del vehículo, las autoridades recomiendan a los transeúntes utilizar otros medios de transporte sostenibles como bicicletas, patinetas o el servicio de transporte público.

“Se invita a la ciudadanía a desplazarse a pie, en bici, patineta o transporte público, medios de transporte sostenibles porque ayudan a disminuir la huella de carbono que producen los combustibles fósiles, mejorar la calidad del aire, reducir el tráfico vehicular y acortar los tiempos de viaje, y crear una transformación cultural hacia la movilidad sostenible”, explicó la Secretaría de Movilidad Distrital.